Cosas
Convocatoria “Desarrollo de Distritos Comerciales 2022-2024”. Distritos comerciales para la reconstrucción económica territorial urbana de la Región de Lombardía a que se refieren los Decretos n. XI/6182 de 28 de marzo de 2022, n. 4971 del 12/04/2022 y n. 17508 del 30/11/2022. La licitación se enmarca dentro de la estrategia territorial encaminada a mejorar el atractivo y la competitividad del territorio, promover el desarrollo sostenible, desarrollar, innovar y consolidar servicios comunes y comarcales para empresas, usuarios y visitantes y combatir los fenómenos de desertificación comercial en las zonas ultraperiféricas. áreas urbanas del alto Valle Camonica, tiene como objetivos generales: • calificar y promover el atractivo turístico y comercial, así como la artesanía de calidad del área del alto Valle Camonica; • promover y apoyar el desarrollo socioeconómico o alentar y apoyar a los locales; espíritu empresarial y empleo, con especial referencia al sector turístico y las actividades de alojamiento turístico; • fomentar un aumento del nivel de empleo de la población residente; La licitación tiene objetivos específicos y prioritarios de fomentar: • la creación de nuevos servicios para el segmento del cicloturismo y la bicicleta y el turismo activo y verde, el bienestar y las familias, el bienestar y la forma física en las zonas de montaña; • la cualificación y adaptación de las actividades locales; en el segmento de cicloturismo y bicicleta y en turismo activo y verde, turismo de bienestar y familiar, bienestar y fitness en las zonas de montaña; • innovación tecnológica y digital de las actividades locales o fomento de los procesos de innovación y desarrollo de una cultura digital.
¿A quién esta dirigido?
Son elegibles las empresas que cumplan los siguientes requisitos: • ser MIPYMES de conformidad con el Anexo 1 del Reglamento UE no. 651/2014; • estar inscrito en el Registro Mercantil y estar activo; • tener una unidad local, o comprometerse a abrir, dentro del plazo para la conclusión de la licitación, una unidad local, que esté ubicada dentro del ámbito territorial del Distrito de Comercio en los municipios de Incudine, Monno, Ponte di Legno, Temù, Vezza d'Oglio y Vione y que: • tenga un escaparate en la calle o esté situado en la planta baja de edificios o en patios interiores, con excepción de los negocios situados en zonas urbanas ultraperiféricas o cerca de itinerarios turísticos extraurbanos y rutas; • tiene locales directamente accesibles al público, donde se llevan a cabo las siguientes actividades: • venta al por menor de bienes y/o servicios; • administración de alimentos y bebidas; • prestación de servicios personales; • no entran dentro del ámbito de exclusión a que se refiere el art. 1 del Reg. UE n. 1407/2013 “De minimis”; • No tener alguna de las materias a que se refiere el art. 85 del Decreto Legislativo de 6 de septiembre de 2011 n. 159 (el llamado Código de leyes antimafia) para el cual existen causas de prohibición, caducidad, suspensión de conformidad con el art. 67 del mencionado Decreto Legislativo • También son elegibles los aspirantes a empresarios que cumplan con los siguientes requisitos: • no tener causas de prohibición, caducidad o suspensión según el art. 67 del Decreto Legislativo de 6 de septiembre de 2011 n. 159 (el llamado Código de leyes antimafia); • iniciar, según los plazos establecidos en las convocatorias individuales y en todo caso antes del desembolso de la subvención por parte del Municipio, una actividad económica que cumpla con los requisitos establecidos anteriormente.
¿Qué predice?
En general, son elegibles los proyectos de inversión que pueden incluir los siguientes tipos de intervenciones: • reurbanización y modernización, con vistas a la innovación y la sostenibilidad, de actividades ya existentes; • inicio de nuevas actividades o apertura de nuevas unidades locales, o adquisición de un nuevo propietario en un negocio existente; • acceso, conexión e integración de la empresa con infraestructuras y servicios comunes ofrecidos por el Distrito o participación en la creación de dichas infraestructuras y servicios comunes. Las intervenciones deben: • realizarse en una unidad local ubicada dentro del área del Distrito y en posesión; de los requisitos anteriores; • involucrar una actividad elegible (venta al por menor de bienes y/o servicios, suministro de alimentos y bebidas, suministro de servicios personales). Los tipos de intervenciones subvencionables están dirigidas fundamentalmente al desarrollo del segmento de cicloturismo y turismo activo y deportivo y a la innovación tecnológica y digital de las actividades locales, y son las siguientes:1. Compra de bicicletas nuevas también con asistencia de pedaleo para actividades de hostelería y alquiler 2. Creación de albergues y/o talleres para bicicletas y puntos de asistencia a cicloturistas;3. instalación de áreas de refugio, estacionamiento y descanso, puestos y aparcamientos para bicicletas y dispositivos de vigilancia relacionados cerca de las atracciones turísticas;4. Gastos para incentivar inversiones de empresas comerciales, artesanales y turísticas destinadas a mantener la oferta comercial (maquinaria, sistemas, equipos, accesorios para puntos de venta), por ejemplo: • Compra de nueva maquinaria, sistemas, equipos, accesorios para puntos de venta;• compra de hardware y software; • pequeñas obras de edificación, albañilería e ingeniería mecánica.5. Intervenciones de restauración estructural o higiénico-sanitaria (fuera de la adaptación a meras obligaciones legales) de locales desocupados para destinarlos a nuevas actividades comerciales, productivas y de servicios;6. Mejora de los servicios a los clientes o ciudadanos (instalación de sistemas wifi gratuitos y escaparates interactivos);7. Creación y reurbanización de zonas equipadas, recreativas y deportivas para el ocio y las familias y creación de circuitos de fitness y parques infantiles relacionados con actividades económicas8. Sistemas y equipos de ventilación, protección de trabajadores y consumidores y de limpieza e higienización de locales y mercancías; 9. Creación de servicios e instalaciones de bienestar (pequeños spas) y de fitness interior y exterior; 10. Creación de sitios web y servicios TIC para la promoción y utilización del turismo (GPS etc.). Son elegibles los gastos realizados a partir del 28/03/2022 y que deben concluirse o facturarse y cobrarse en su totalidad a más tardar el 30/06/2023. Los proyectos de las empresas podrán incluir tanto gastos de capital como gastos corrientes, de los cuales la parte corriente será hasta un máximo del 20% del gasto total subvencionable y en cualquier caso la ayuda no podrá superar el 50% del gasto total subvencionable (en cuenta de capital). y cuenta corriente) y, en cualquier caso, sin exceder el importe de los gastos de capital. A modo de ejemplo y con carácter general, podrán admitirse: • gastos de capital: • obras de construcción; • sistemas; • mobiliario y estructuras temporales; • maquinaria, equipos y aparatos; • vehículos para uso comercial; • creación, compra o adquisición mediante licencia plurianual de software, plataformas informáticas, aplicaciones para teléfonos inteligentes, sitios web, etc.; • gastos corrientes: • consultoría, estudios y análisis; • tarifas anuales por el uso de software, plataformas informáticas, aplicaciones para teléfonos inteligentes, sitios web, etc.; • gastos de eventos y entretenimiento; • promoción, comunicación publicitaria. • formación del propietario o de los trabajadores; • alquiler de locales comerciales