Cosas
La Región de Las Marcas pretende favorecer el acceso de las empresas a nuevos mercados, la consolidación de su posición y la diversificación en los mercados exteriores mediante el apoyo a las PYME para la definición de una estrategia innovadora de promoción internacional, en los ámbitos definidos por la Estrategia de Especialización Inteligente 2021-2027 y en coherencia con el "Plan trienal integrado de intervenciones de internacionalización, cooperación internacional y macrorregión Adriático-Jónico 2022-2024". En este sentido, este anuncio pretende apoyar las actividades de internacionalización destinadas a fortalecer y consolidar la presencia de las empresas de Las Marcas en los mercados exteriores, reforzando la gestión de las actividades comerciales y de marketing.
¿A quién esta dirigido?
Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán beneficiarse de los beneficios que brinda esta convocatoria, de forma única o agregada en forma de contrato de red, asociación temporal de objeto o agrupación temporal también en forma de consorcios para la internacionalización. La sede de la inversión deberá estar situada en la Región de Las Marcas.
¿Qué predice?
A los efectos de esta convocatoria, son elegibles los proyectos empresariales destinados a fortalecer la presencia en los mercados exteriores, con referencia a los países objetivo identificados, mediante la activación de una o más de las siguientes cinco intervenciones: Fortalecimiento de la imagen corporativa o del consorcio y/o o la marca; Entrada de operadores extranjeros; Showrooms/exposiciones temporales (máximo 18 meses) de productos y/o servicios realizadas en Italia o en el extranjero; Ferias internacionales organizadas en Italia y en el extranjero (cuyo coste total de participación supere los 50.000,00 € por feria); Innovación en diseño y ecodiseño para mercados objetivo. Este aviso se implementa de conformidad con el Reg. (UE) no. 2831/2023 “de minimis” con una intensidad de ayuda del 70%. Sin embargo, únicamente para las intervenciones 3), 4), 5), el beneficiario podrá optar por el régimen de exención mencionado en el Reg. (UE) n. 651/2014 y modificaciones posteriores de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por las que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado, publicado en GUUEL 187, de 26 de junio de 2014, y modificaciones posteriores, y en particular en cumplimiento de las disposiciones previstas en los artículos. 18, 19, 28 y 29, con una intensidad de ayuda del 50%. El beneficio se concede para la ejecución del proyecto y, a elección del proponente: - en forma de aportación de capital no reembolsable (opción 1); - en forma de aportación de capital, expresada como porcentaje del importe del proyecto; gastos totales subvencionables y la ayuda, expresada en ESL, del instrumento financiero "Fondo de Crédito Ordinario - Sección Internacionalización", establecido por la entidad gestora del fondo holding "Crédito Futuro Marche" (OPCIÓN 2). La opción 2 prevé la posibilidad de beneficiarse de la ayuda proporcionada por la intervención “FONDO NUOVO CREDITO” (https://www.creditofuturomarche.it/), en forma de garantía sobre un préstamo bancario asociado a subvenciones a fondo perdido para la reducción de los costes por intereses y los costes de garantía. La contribución para la reducción del costo de la garantía de primer grado emitida por los Consorcios es aplicada por los propios Consorcios en beneficio de la empresa beneficiaria. La contribución para la reducción de los costes por intereses se determina sobre el importe del préstamo admitido destinado a la realización de las inversiones. Las características de la garantía, la intensidad de la contribución para la reducción del costo de la garantía y el costo de los intereses y los métodos de desembolso de la misma, son establecidos por la Región con el decreto que crea el "Fondo de Crédito Ordinario - Sección Internacionalización" y será publicado en los sitios regionales y en la plataforma Crédito Futuro Marche.