Cosas
Medidas para compensar a las empresas prestadoras de servicios de transporte escolar por las pérdidas de facturación derivadas de la emergencia epidemiológica del COVID-19. (20A07259) (Serie General GU n.2 del 01-04-2021).
¿A quién esta dirigido?
Empresas que prestan servicios de transporte escolar mediante contratos estipulados con las autoridades locales.
¿Qué predice?
Para cada empresa que presta servicios de transporte escolar, la contribución corresponde a la diferencia, cuando sea positiva, entre el importe de la tasa por los servicios de transporte escolar previsto en cada contrato para el curso escolar 2019/2020 y el importe pagado por el municipio a la empresa. tras el menor desempeño del citado servicio prestado debido a la emergencia epidemiológica. La aportación la paga el municipio a cada empresa por un importe igual a la diferencia, en caso de ser positiva, mencionada en el período anterior y dentro del límite de 200.000 euros.