Ley 181/1989 – Convocatoria pública para la selección de iniciativas empresariales en los territorios de las regiones de Emilia-Romaña, Toscana y Marcas afectados por las inundaciones ocurridas a partir del 1/05/2023

15 de febrero de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo Reembolsable, Préstamo/Anticipo Reembolsable

REGIONES

Emilia-Romaña, Marcas, Toscana

SECTOR

Agroalimentario, Vehículos y otros medios de transporte, Química y Farmacéutica, Electrónica, Mecánica, Metalurgia, Mobiliario, Madera y Papel, Moda y Textil

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

26 de marzo de 2024
28 de mayo de 2024

NOTAS

Las solicitudes de acceso a los beneficios pueden presentarse a la Agencia Nacional para la atracción de inversiones y desarrollo empresarial Spa – Invitalia, según los métodos y modelos indicados en el apartado específico dedicado a la ley n. 181/1989 del sitio web de la Agencia (www.invitalia.it) desde las 12.00 horas del 26/03/2024 hasta las 12.00 horas del 28/05/2024.

Cosas

El 30 de noviembre de 2023 se firmó entre el Ministerio de Empresa y Made in Italy (MIMIT), la Región de Emilia-Romaña, la Región de Toscana, la Región de Las Marcas y la Agencia Nacional para la Atracción de Inversiones y el Desarrollo Empresarial Spa – Invitalia, un Acuerdo de Programa destinado a relanzar las actividades empresariales, salvaguardar los niveles de empleo y apoyar los programas de inversión en el territorio de los municipios de las regiones de Emilia-Romaña, Toscana y Las Marcas afectados por las inundaciones que se produjeron a partir del 1 de mayo de 2023 (incluido en el anexo 1 del decreto legislativo de 1 de junio de 2023, n. 61, convertido, con modificaciones, por ley de 31 de julio de 2023, n. El Acuerdo de Programa tiene una validez de 36 meses hasta el 30 de noviembre de 2026. Con circular directoral de 13 de febrero de 2024, n. 367, se publicó la convocatoria para la selección de iniciativas empresariales en los territorios de las regiones de Emilia-Romaña, Toscana y Las Marcas afectados por las inundaciones ocurridas a partir del 1 de mayo de 2023 mediante el recurso al régimen de ayudas previsto en la ley n. 181/1989.

¿A quién esta dirigido?

Las empresas ya constituidas en forma de sociedades anónimas pueden solicitar la exención; Las sociedades cooperativas (según el art. 2511 y siguientes del Código Civil y las sociedades consorciadas según el art. 2615-ter del Código Civil) también pueden solicitar la ayuda. Por último, se permiten redes empresariales compuestas por un mínimo de 3 y un máximo de 6 empresas, mediante la utilización del instrumento de contrato de red (mencionado en el artículo 3, apartado 4-ter, del Decreto legislativo de 10 de febrero de 2009, no 5, transformado, con modificaciones, por la ley de 9 de abril de 2009, n. 33, y posteriores modificaciones y adiciones).

¿Qué predice?

El incentivo promueve la creación de una o más iniciativas empresariales en el territorio de los municipios de las regiones de Emilia-Romaña, Toscana y Marcas afectados por las inundaciones ocurridas a partir del 1 de mayo de 2023, con el objetivo de fortalecer el tejido productivo local y atraer nuevos inversiones. En particular, las iniciativas empresariales deben: a. prever la implementación de programas de inversión productiva y/o programas de inversión para la protección del medio ambiente, posiblemente completados por proyectos de innovación organizacional y/o de innovación de procesos, proyectos de investigación y/o desarrollo experimental y por proyectos de capacitación de personal; b. tener como resultado el mantenimiento o aumento de los empleados de la unidad de producción cubierta por el programa de inversiones. Los beneficios se conceden en forma de contribución a las instalaciones, cualquier contribución directa a los gastos y financiación subvencionada, en las condiciones y dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento (UE) n. 651/2014 (“Reglamento GBER”). La financiación subvencionada que se puede conceder no puede ser inferior al 20% de las inversiones subvencionables. La contribución a la cuenta de la planta y cualquier contribución directa a los gastos se determinan en relación con el importe del préstamo subvencionado, dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento RGEC. Los programas de inversión productiva también podrán optar a beneficios en las condiciones y dentro de los límites establecidos por el Reglamento (UE) n. 2831/2023 sobre ayudas “de minimis”. 

Objetivo – Propósito

Crisis empresarial, Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo Reembolsable, Préstamo/Anticipo Reembolsable

Gasto mínimo permitido

--

Gasto máximo permitido

--

Costos permitidos

Costos de personal, Edificios y terrenos, Capacitación profesional, Planta/Maquinaria/Equipo, Servicios, patentes y licencias, Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

--

Beneficio máximo otorgable

--
tipo de tema
Consorcio, Cooperativas/Asociaciones sin fines de lucro, Empresa, Red de negocios

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Agroalimentario, Vehículos y otros medios de transporte, Química y Farmacéutica, Electrónica, Mecánica, Metalurgia, Mobiliario, Madera y Papel, Moda y Textil

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Emilia-Romaña, Marcas, Toscana

Municipios

Alfonsín; Plata; Bagnacavallo; Bagnara di Romaña; Bagno di Romaña; Bertinoro; Bolonia; Pueblos; Borgo Tossignano; Brisighella; Budrio; Casalfiumanés; Casola Valsenio; Castillo Boloñés; Castel Guelfo en Bolonia; Castillo Mayor; Castillo San Pietro Terme; Castel del Río; Casteldelci; Casteñaso; Castrocaro Terme y Terra del Sole; Cervia; Cesena; Cesenatico; Civitella di Romaña; Conselice; Cotignola; Dovadola; Doza; Faenza; Fano; Florencia; Fontanelice; Forlimpopoli; Forlí; Fusignano; Gabicce Mare; Galeata; Gambettola; Gatteo; Imola; Loiano; Londa; Longiano; lugo; Marradí; Masa Lombarda; Medicamento; Meldola; Mercado Sarraceno; Modigliana; Molinela; Monghidoro; Monte Grimano Terme; Monte San Pedro; Montelabbate; Monterenzio; Montescudo-Monte Colombo; Montiano; Monzuño; Muerden; Novafeltria; Ozzano dell'Emilia; Palazzuolo sul Senio; Pésaro; Pianoro; Pórtico y San Benedetto; Predapio; premilcuore; Rávena; Riolo Terme; Roca San Casciano; Roncofreddo; rusos; San Benedetto Val di Sambro; San Lázaro de Savena; San León; San Mauro Pascoli; Sant'Agata Feltria; Sant'Agata sul Santerno; Santa Sofía; Sarsina; Sasso Marconi; Auditore Sassocorvaro; Savignano sul Rubicone; Sogliano al Rubicone; Solarolo; Tredocio; Urbino; Valsamoggia; Verghereto

Ámbito territorial especial

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Otras características

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Entidad gestora

Invitalia - Agencia nacional de atracción de inversiones y desarrollo empresarial SpA

Base regulatoria primaria

Términos, métodos y procedimientos para la presentación de solicitudes de acceso a beneficios a favor de programas de inversión destinados a la reurbanización de áreas industriales en crisis a que se refiere la ley n° 181/89.
Base regulatoria secundaria
--

Medida de implementación

Términos, métodos y procedimientos para la presentación de solicitudes de acceso a beneficios a favor de programas de inversión destinados a la reurbanización de áreas industriales en crisis a que se refiere la ley n° 181/89.

Referencias Diario Oficial

--

Asignación de incentivos

50000000 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/normativa/circolari-note-direttive-e-atti-di-direttive/circolare-direttoriale-13-febbraio-2024-n-367-orecchio-pubblico-per- la-selección-de-iniciativas-empresariales-en-los-territorios-de-las-regiones-emilia-romagna-toscana-y-marche-int

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