Cosas
La intervención SRD03 "Inversiones en empresas agrícolas para la diversificación hacia actividades no agrícolas", tipo de acción A tiene como objetivo: - promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales. ámbitos, incluida la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible (OS8); - mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las empresas agrícolas a corto y largo plazo, también prestando una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización (OS2));
¿A quién esta dirigido?
Está dirigido a empresarios agrícolas de conformidad con el art. 2135 del Código Civil, personas naturales o asociaciones.
¿Qué predice?
La intervención proporciona apoyo a las inversiones, en forma de aporte de capital, según las siguientes intensidades. Será igual a: - el 50% del gasto subvencionable para las intervenciones situadas en la Zona D "Zonas rurales con problemas de desarrollo" - el 45% del gasto subvencionable para las intervenciones situadas en la Zona C "Zonas rurales intermedias"; los gastos subvencionables para intervenciones en el resto de zonas del territorio regional: zona B "Zonas de agricultura intensiva y especializada" y zona A "Zonas urbanas y periurbanas". Tipos de intervenciones que pueden recibir ayuda Los siguientes tipos de intervención relacionados con inversiones para la adaptación de empresas agrícolas con el fin de crear o ampliar actividades de agroturismo pueden recibir ayuda: - intervenciones de recuperación, renovación y ampliación de edificios existentes en la explotación; - construcción de; parcelas de acampada e infraestructuras de servicios conexas, incluidas instalaciones eléctricas, de agua y sanitarias, así como todos los sistemas necesarios: recuperación, renovación, ampliación e instalación de estructuras fijas para actividades recreativas, deportivas, culturales, educativas y de ocio (incluidas piscinas y senderos de fitness); ); - edificios nuevos e independientes que se utilizarán exclusivamente para servicios auxiliares de la actividad de agroturismo, tal como se define en los criterios de implementación de la LR n. 4/2009, respetando las condiciones y límites establecidos por el art. 11 de la misma ley; - intervenciones de recuperación, renovación y ampliación de locales destinados a usos múltiples para actividades de agroturismo; - arreglos exteriores que prestan servicios a edificios de agroturismo (con exclusión de cualquier planta de producción agrícola o forestal); comedor, cocina y dependencias auxiliares utilizadas para la actividad de agroturismo. Por instalación se entiende la adquisición de muebles, accesorios y equipos fijos e inventariables, incluidos los destinados a la preparación, elaboración y conservación de alimentos - en el caso de la Hostelería Familiar Rural tal como se define en el art. 16 de la LR n. 4/2009, sólo es subvencionable la recuperación de habitaciones en edificios existentes para su uso como habitaciones y baños correspondientes para huéspedes - gastos generales y técnicos hasta un máximo del 10% de los gastos subvencionables indicados anteriormente - compra de equipos informáticos y software relacionado para la gestión de la actividad apoyada. El software puede ser básico o específico para uso en agroturismo.