Cosas
Aportaciones no reembolsables en régimen de minimis, hasta un máximo del 50 por ciento de los gastos elegibles, destinadas a apoyar intervenciones para el redesarrollo y la reconversión productiva sostenible de complejos productivos degradados. Por complejos productivos degradados entendemos edificios y áreas afines que no han sido utilizados durante más de tres años o con características tales que ya no son aptos para actividades relacionadas con la producción, según lo identificado por la resolución del Consejo Regional n. 1820 del 24/11/2022 y adiciones posteriores. Referencias normativas Ley Foral 3/2021 art. 84
¿A quién esta dirigido?
Los beneficiarios de los aportes son empresas, particulares y consorcios de desarrollo económico local, titulares de derechos de propiedad u otros derechos reales de disfrute sobre edificaciones y propiedades calificadas como complejos productivos degradados.
¿Qué predice?
Pueden recibir financiación las intervenciones de reurbanización y reconversión productiva sostenible, la implementación de intervenciones como demolición, demolición para reconversión, demolición con reconstrucción, mantenimiento extraordinario, renovación, conexión a las redes infraestructurales de edificios productivos, destinadas a la reutilización de la producción degradada. complejos con fines de producción.