Cosas
Se trata de incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas durante cuatro a doce meses consecutivos, a la contratación de duración determinada, de al menos seis meses, de personas que hayan cumplido sesenta años de edad y que se encuentren en situación de desempleo durante al menos cuatro meses consecutivos. y para la contratación de duración determinada de mujeres y jóvenes de entre 18 y 34 años que lleven al menos cuatro meses consecutivos en situación de desempleo durante al menos doce meses.
¿A quién esta dirigido?
Empresas y sus consorcios, asociaciones, fundaciones y personas físicas que ejerzan profesiones independientes en forma individual, asociada o societaria, cooperativas y sus consorcios.
¿Qué predice?
Las solicitudes deberán presentarse desde las 10.00 horas del día 02/01 hasta las 12.00 horas del 31/08 de cada año, salvo cierre anticipado. Para una contratación indefinida o estabilización a tiempo completo existe un incentivo básico de 5.000,00 € acreditados mediante transferencia bancaria a la empresa solicitante; la cuantía básica podrá incrementarse en 2.000,00 € en el caso de contratación y estabilización de mujeres con al menos un hijo de hasta cinco años. El incentivo podrá incrementarse aún más en 2.000,00 € si el empresario dispone de una medida de bienestar empresarial (flexibilidad de jornada, banco de horas, empresa o guardería adscrita). Para una contratación de duración determinada a tiempo completo, el incentivo es igual a 2.500,00 €. También se prevé un aumento de 2.500,00 € si la contratación o estabilización se refiere a personas físicas miembros de una unidad familiar monoparental en la que haya al menos un hijo menor de edad. está incluido. En el caso de contrato a tiempo parcial igual al menos al 70 por ciento, la aportación se vuelve a determinar.