Fondo de Protección Empresarial

15 de noviembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Capital riesgo, Aportación/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Agroalimentación, Hotelería, Otros servicios, Artesanía, Vehículos de motor y otros medios de transporte, Química y Farmacéutica, Comercio, Cultura, Construcción, Electrónica, Suministro de energía, Agua y gestión de residuos, TIC, Mecánica, Metalurgia, Mobiliario, Madera y Papel , Moda y Textil, Restauración, Salud, Servicios de transporte, Turismo

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

2 de febrero de 2021
31 de diciembre de 2025

NOTAS

Sin notas adicionales

Cosas

El Fondo fue creado por decreto legislativo del 19 de mayo de 2020, n. 34, art. 43 que contiene "Medidas urgentes en materia de salud, apoyo al trabajo y a la economía, así como políticas sociales relacionadas con la emergencia epidemiológica del COVID-19", con un presupuesto de 300 millones de euros. Ley de 30 de diciembre de 2020, n. 178 (ley de presupuesto 2021) ha asignado la refinanciación de 250 millones de euros para 2021 y 100 millones de euros para cada uno de los años de 2022 a 2035. El Fondo adquiere participaciones minoritarias en el capital de riesgo de empresas en dificultades económicas -empresas financieras que proponen una plan de reestructuración para garantizar la continuidad de las actividades y salvaguardar el empleo y financiar programas de reestructuración también mediante la transferencia de empresas. Con Decreto Ministerial de 14 de septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial núm. 251 de 26 de octubre de 2022, se modificó el decreto ministerial de 29 de octubre de 2020 que contiene la definición de los criterios y métodos de gestión y funcionamiento del Fondo.

¿A quién esta dirigido?

Empresas que han iniciado un debate en la estructura de crisis empresarial del Ministerio de Desarrollo Económico, empresas en dificultades económicas y financieras: de conformidad con las directrices comunitarias (párrafo 2.2 de la Comunicación 2014/C 249/01) o con perspectivas de flujo de caja insuficientes para hacer frente regularmente las obligaciones previstas (estado de dificultad no conforme al apartado 2.2 de la Comunicación 2014/C 249/01), empresas que cumplan al menos una de las siguientes condiciones: propietarios de marcas históricas de interés nacional, sociedades anónimas con un número de empleados superior 250 (datos consolidados que incluyen trabajadores a plazo fijo, aprendices y trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial, empleados en unidades locales ubicadas en todo el territorio nacional), mantienen activos y relaciones de importancia estratégica para el interés nacional independientemente del número de empleados.

¿Qué predice?

El Fondo realiza inversiones directas en capital riesgo en las siguientes condiciones: la participación directa adquirida (Equity) debe ser minoritaria, la intervención global por operación única no puede exceder el importe de 10 millones de euros, la operación de inversión se realiza de forma conjunta y al mismo tiempo. tiempo con: inversores privados independientes que aporten al menos el 30% de los recursos previstos (en el caso de operaciones en favor de empresas en crisis que no se ajusten a las directrices comunitarias), con la empresa proponente que garantice una contribución propia igual al menos a el 25% para las pequeñas empresas, el 40% para las medianas empresas y el 50% para las grandes empresas (en el caso de operaciones en favor de empresas en dificultades según las directrices comunitarias) Salida a 5 años con condiciones de salida ya definidas en la operación de inversión. Además o como alternativa a la adquisición de la participación, el Fondo podrá realizar inversiones de cuasicapital.

Objetivo – Propósito

Crisis empresarial, Apoyo a la liquidez

Formulario – Facilitación

Capital riesgo, Aportación/Fondo reembolsable

Gasto mínimo permitido

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Gasto máximo permitido

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Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

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Beneficio máximo otorgable

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tipo de tema
Negocio

Dimensión

Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Agroalimentación, Hotelería, Otros servicios, Artesanía, Vehículos de motor y otros medios de transporte, Química y Farmacéutica, Comercio, Cultura, Construcción, Electrónica, Suministro de energía, Agua y gestión de residuos, TIC, Mecánica, Metalurgia, Mobiliario, Madera y Papel , Moda y Textil, Restauración, Salud, Servicios de transporte, Turismo

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Municipios

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Ámbito territorial especial

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Otras características

Apoyo a empresas - Empleo - Covid 19 - Micro y Pymes

Entidad gestora

Invitalia - Agencia nacional de atracción de inversiones y desarrollo empresarial SpA

Base regulatoria primaria

Fondo para salvaguardar los niveles de empleo y la continuidad de la actividad empresarial
Base regulatoria secundaria
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Medida de implementación

Fondo para salvaguardar los niveles de empleo y la continuidad de la actividad empresarial

Referencias Diario Oficial

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Asignación de incentivos

300000000 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/incentivi/fondo-salvaguardia-imprese

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