Fondo de revitalización y repoblación municipal – Municipio de Settefrati – 2022

25 de marzo de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Lacio

SECTOR

Artesanía, Comercio

GASTO PERMITIDO

0 €

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

10 de marzo de 2024
10 de abril de 2024

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

Convocatoria pública para el otorgamiento de aportes para la adecuación de inmuebles pertenecientes al patrimonio disponible del Municipio para ser otorgados en préstamo para uso gratuito, para el inicio de actividades comerciales, artesanales y agrícolas, o nuevas actividades económicas en el mencionado municipio. territorios, y de aportaciones a favor de quienes trasladen su residencia y residencia habitual al territorio municipal.  

¿A quién esta dirigido?

Son beneficiarios del presente Aviso: A) las empresas debidamente constituidas e inscritas en el registro mercantil siempre que realicen una nueva actividad comercial, artesanal o agrícola a través de una unidad operativa ubicada en el territorio municipal con posterioridad a la publicación del presente Aviso. Por "nueva actividad" también nos referimos a la activación de nuevos códigos ATECO adicionales. B) actividades comerciales, artesanales o agrícolas existentes que inicien una nueva actividad económica en el territorio municipal a través de una unidad productiva específica, con posterioridad a la publicación del presente aviso. Nueva actividad también significa la activación de códigos ATECO nuevos y adicionales. C) Los que trasladen su residencia y domicilio habitual al territorio municipal, después de la publicación del anuncio, como contribución a los gastos de compra, renovación o alquiler de inmuebles destinados a residencia principal del beneficiario, hasta un límite de 5.000 ,00 euros por beneficiario (en el caso de transmisión de una unidad familiar, la aportación se paga una sola vez por cada inmueble). La financiación a que se refieren las letras a) y b) no podrá concederse: – a actividades económicas ya establecidas en la zona que simplemente trasladen su sede al mismo término municipal; – a las empresas que se encuentren en estado de liquidación o quiebra o estén sujetas a procedimientos de quiebra o concurso de acreedores; – a empresas que no estén al corriente de pago de las cotizaciones a la seguridad social y de los impuestos municipales.  

¿Qué predice?

Para los beneficiarios a que se refieren las letras a) y b), los gastos elegibles son: a) Maquinaria, sistemas, mobiliario y equipo; b) Realizar las obras de albañilería e instalaciones estrictamente necesarias para la instalación y conexión de la maquinaria adquirida y de las nuevas plantas de producción, así como las obras de edificación e instalaciones relacionadas con la introducción de nuevos métodos de organización del trabajo (smartworking) y/o encaminadas a garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad y distanciamiento social en los lugares de trabajo y de producción y/o en las relaciones exteriores destinadas a reducir el impacto del Covid-19; c) herramientas y programas informáticos acordes con las necesidades de producción y gestión del proponente; d) Servicios de consultoría utilizados exclusivamente para la realización del proyecto de inversión; e) Pólizas de seguros; f) Gastos de servicios públicos y alquiler de locales. Para los beneficiarios a que se refiere la letra c), los gastos subvencionables son: - compra y renovación de inmuebles destinados a vivienda habitual - gastos de servicios públicos y alquiler de inmuebles destinados a vivienda habitual;

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión, apoyo a la liquidez.

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto máximo permitido

5000 €

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Beneficio máximo otorgable

5000 €
tipo de tema
Ciudadano, Negocios

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Inclasificable/clasificada, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Artesanía, Comercio

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Lacio

Municipios

Settefrati

Ámbito territorial especial

Áreas internas

Entidad gestora

MUNICIPIO DE SETTEFRATI

Base regulatoria primaria

Decreto del Primer Ministro de 30 de septiembre de 2021 - Método de distribución, plazos, acceso, declaración de las aportaciones del Fondo de Municipios Marginales para cada uno de los años 2021 a 2023.

Medida de implementación

FONDO DE APOYO A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y COMERCIALES EN ÁREAS INTERNAS LEY 27.12.2019 N. 160 Y SMI. APROBACIÓN DEL ESQUEMA DE NOTIFICACIÓN, NOMBRAMIENTO DE ROP Y DIRECCIONES

Asignación de incentivos

31258.77 €

Sitio de referencia

https://albo.studiok.it/settefrati/albo/

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