Fondo para el relanzamiento de las actividades económicas minoristas

6 de noviembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Comercio

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

3 de mayo de 2022
24 de mayo de 2022

NOTAS

Sin notas adicionales

Cosas

Su objetivo es conceder ayudas en forma de contribución no reembolsable a empresas que realicen principalmente actividades de comercio minorista. Tiene una dotación financiera de 200 millones de euros para el año 2022. Objetivos: - contener los efectos negativos derivados de la emergencia del Covid - proporcionar medidas específicas de apoyo a los más afectados.

¿A quién esta dirigido?

Empresas que realizan principalmente actividades de comercio minorista identificadas por los códigos ATECO 2007 indicados, con un importe de ingresos en 2019 no superior a 2 millones de euros y que han sufrido una reducción de su facturación en 2021 no inferior al 30% respecto a 2019.

¿Qué predice?

Contribución no reembolsable cuyo monto se obtiene aplicando un porcentaje del 40, 50 y 60% a la diferencia entre el monto promedio mensual de los ingresos del período impositivo 2021 y el monto promedio mensual de los mismos ingresos en el período impositivo 2019. detalle:• 60% para sujetos con ingresos superiores a 400.000 euros en el período impositivo 2019;• 50% para sujetos con ingresos superiores a 400.000 euros y hasta 1.000.000 euros en el período impositivo 2019;• 40% para sujetos con ingresos superiores a 1.000.000 euros y hasta 2.000.000 de euros en el período impositivo 2019 Con decreto director de 24 de junio de 2022, la lista de sujetos admitidos a los beneficios previstos en el artículo 2 del decreto-ley de 27 de enero de 2022, n. 4 y modificaciones y adiciones posteriores.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la liquidez

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto mínimo permitido

--

Gasto máximo permitido

--

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

--

Beneficio máximo otorgable

--
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Comercio

ATECO

47.10; 47.11; 47.19; 47.30; 47.40; 47.41; 47.42; 47.43; 47.50; 47.51; 47.52; 47.53; 47.54; 47.59; 47.60; 47.61; 47.62; 47.63; 47.64; 47.65; 47.70; 47.71; 47.72; 47.73; 47.74; 47.75; 47.76; 47.77; 47.78; 47.79; 47.80; 47.81; 47.82; 47.89; 47.90; 47.91; 47.99;

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Municipios

--

Ámbito territorial especial

--

Otras características

--

Entidad gestora

Ministerio de Empresa y Made in Italy - Dirección General de Incentivos Empresariales

Base regulatoria primaria

Decreto Legislativo 27 de enero de 2022, n. 4
Base regulatoria secundaria
--

Medida de implementación

Decreto Legislativo 27 de enero de 2022, n. 4

Referencias Diario Oficial

21 del 27/01/2022

Asignación de incentivos

200000000 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/incentivi/fondo-per-il-rilancio-delle-attivita-economiche-di-commercio-al-dettaglio

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