Cosas
La presente Comunicación establece criterios y métodos para la gestión por parte de las Cooperativas de Garantía y Consorcios de Crédito de un Fondo para el otorgamiento de garantías recíprocas a favor de las pequeñas y medianas empresas asociadas.
¿A quién esta dirigido?
Se admiten en la Gestión del Fondo a que se refiere este Aviso: a) Los consorcios inscritos, a la fecha de la solicitud de acceso, en el registro de intermediarios financieros a que se refiere el art. 106 del Texto Refundido de la Ley Bancaria (decreto legislativo nº 385 de 1993) en adelante TUB b) Consorcios - inscritos en la lista prevista en el artículo 112 o en la lista prevista en el art. 106 del TUB que, en la fecha de presentación de la solicitud a que se refiere el art. 12, ya han estipulado contratos de red, con o sin personalidad jurídica, - de conformidad con el decreto legislativo del 10 de febrero de 2009, n. 5, transformado, con modificaciones, por ley de 9 de abril de 2009, n. 33 - destinado a mejorar la eficiencia y eficacia operativa de los Consorcios participantes y que en cualquier caso tengan como entidad rectora un Consorcio inscrito en el registro de intermediarios financieros a que se refiere el art. 106 del TUB; c) Consorcios inscritos en la fecha de la solicitud de acceso, en el registro de intermediarios financieros a que se refiere el art. 106 del TUB que, a los efectos de integrar los requisitos a que se refiere el apartado 5 siguiente, letras a) yb), hagan uso de intermediarios financieros en posesión de los mismos, en analogía con la institución regulada en el art. 104 (avance) del Decreto Legislativo. norte. 36/2023 cuando sea compatible con las normas de este aviso; Destinatarios de los recursos.1. Los beneficiarios de la ayuda son las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (en adelante, PYME), tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003. Además, la definición de PYME incluye a los trabajadores autónomos, ya que se equiparan a las pequeñas y medianas empresas que realizan actividades económicas, según el art. 12 de la ley núm. 81 de 22 de mayo de 2017.
¿Qué predice?
Las ayudas concedidas se refieren a las siguientes operaciones, incluidas las de cartera: a) Garantía de préstamos destinados a inversiones, cuando el importe garantizado de los préstamos subyacentes no supere los 1.500.000,00 euros por empresa. b) Garantía de préstamos destinados a activos circulantes (mediante ejemplo: existencias de materias primas y productos acabados, contrato de crédito inmobiliario para la construcción, anticipo de exportación-importación, anticipo de factura, anticipo de contrato, sujeto a cobro) cuando el importe garantizado de los préstamos subyacentes no exceda de 800.000,00 euros para negocios.