Cosas
Con el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 24 de septiembre de 2020, publicado en el Diario Oficial n° 302 de 4.12.2020, se asignaron al Municipio de Lei fondos para apoyar las actividades económicas, artesanales y comerciales, que para el año. 2021 ascienden a un total de 12.147,00 €. Con Resolución del Ayuntamiento nº 23 de 18.03.2024, la Administración decidió destinar la suma de 5.000,00 € a la provisión de aportaciones de capital no reembolsables para iniciativas que faciliten la renovación, modernización, ampliación de la innovación de productos y procesos artesanales y comerciales. actividades, incluidas las innovaciones tecnológicas inducidas por la digitalización de los procesos de marketing en línea y venta a distancia, en el ámbito de la línea de intervención B) se prevé la atribución a las empresas de aportaciones de capital no reembolsables para la compra de maquinaria, sistemas, mobiliario y equipos diversos, para inversiones intangibles, para obras de albañilería y plantas necesarias para la instalación y conexión de la maquinaria y nuevas plantas de producción adquiridas. La operación tiene como objetivo satisfacer la necesidad de mejora y reurbanización de las estructuras productivas existentes, para adecuar la oferta de servicios para garantizar un mayor nivel de bienestar e inclusión social de los ciudadanos de una zona caracterizada por la distancia de los servicios esenciales, a través de el mejor uso y valorización del capital territorial.
¿A quién esta dirigido?
Pueden acceder a la financiación de esta financiación los propietarios de actividades artesanales y comerciales, pequeñas empresas y microempresas, con unidades operativas en el municipio de Lei, o quienes realicen nuevas actividades económicas en el término municipal, debidamente constituidas e inscritas en el registro mercantil. acción.
¿Qué predice?
Para la ejecución de intervenciones financiables, la ayuda se concede en forma de aportación de capital. El importe máximo de la aportación que se puede conceder es de 1.500,00 € por persona admisible. En caso de que exista disponibilidad de recursos, por solicitudes insuficientes, la administración municipal se reserva el derecho de transferir el aporte, en exceso de la línea B), a la línea A), si las necesidades de las solicitudes de la línea A) son mayores. que la contribución que le ha sido asignada. Sin embargo, si la línea A) no requiere sumas adicionales, el exceso de valor de la cotización B) podrá distribuirse en partes iguales entre los derechohabientes que hayan presentado un costo de la intervención superior a la suma de € 1.500,00 (contribución máxima a pagar). En el caso de que la suma asignada globalmente para ambas intervenciones exceda las sumas totales solicitadas, se permitirá el desembolso de contribuciones mayores, en partes iguales, determinadas sobre la base de la declaración de los gastos incurridos. Asimismo, si la suma asignada (5.000,00 €) fuera insuficiente para cubrir todas las solicitudes, la suma total se dividirá en partes iguales entre todas las solicitudes consideradas elegibles. Todos los gastos elegibles deben considerarse netos de IVA. Las intervenciones admitidas a financiación deberán realizarse en el plazo de cuatro meses desde la fecha de comunicación de la disposición que concede la financiación, salvo prórroga. Se aplicará una retención en origen del 4% sobre el importe de las aportaciones pagadas, excluidas las destinadas a la adquisición de bienes de capital.