Haciendo negocios en Sicilia – FAInSicilia

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FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

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NOTAS

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El Aviso promueve la creación de nuevas empresas y el desarrollo de las existentes en el territorio regional.

Beneficiarios

  • jóvenes con edades comprendidas entre 18 y 46 años en la fecha de presentación de la solicitud de acceso a los beneficios;

  • mujeres de cualquier edad

  • MPI (micro y pequeñas empresas) que tengan al menos una unidad de producción, domicilio social o sede operativa en Sicilia, o que se comprometan a establecer una, que sean:

    • inscrita en el Registro Mercantil y haber estado activa durante no más de 36 meses;

    • si están constituidas en forma de empresa, incluso cooperativa, tener una estructura accionarial compuesta mayoritariamente (al menos el 51% del capital social) por jóvenes o mujeres. . Los MPI también pueden ser constituidos por miembros personas jurídicas siempre que la presencia de dichas entidades en la estructura societaria solicitante no exceda de un tercio del capital social suscrito.

lo que financia

Podrán optar a los beneficios los proyectos emprendedores que tengan por objeto el inicio de una nueva actividad empresarial o el desarrollo de una ya existente, persiguiendo uno o varios de los siguientes objetivos:

  • el suministro de nuevos productos y/o servicios al mercado, o la combinación de productos y/o servicios capaces de diferenciar a la empresa en el mercado de sus competidores;
  • realizar cambios en los procesos de producción y/o prestación de servicios o partes de ellos capaces de mejorar su eficiencia y eficacia generales;
  • introducir productos, servicios y/o procesos que generen la expansión a nuevos objetivos de consumidores o usuarios;

 

Gastos elegibles

a) Obras de construcción relativas a intervenciones de renovación y/o mantenimiento extraordinario relacionadas con el ejercicio de la actividad económica promovida por el beneficiario sujetas hasta un límite máximo del 30% (40% sólo para empresas cuya actividad económica se encuadre en las categorías ATECO: 55 “ Hoteles y otras estructuras similares”, 56.01 “Restaurantes en lugares fijos” y 56.03 “Bares”) del total de costes subvencionables para el programa de gasto.

b) maquinaria, sistemas tecnológicos, equipos y mobiliario de fábrica nuevos destinados a la ejecución de funciones específicas relacionadas con los procesos de producción y/o prestación de los servicios cubiertos por el proyecto empresarial;

c) programas y servicios informáticos para tecnologías de la información y las telecomunicaciones, máximo el 15% del monto total del programa de gasto;

d) la formación especializada realizada por terceros respecto del Beneficiario y dirigida al personal de este último y a los costes profesionales imputables a profesiones reguladas, dentro del límite máximo del 7% del total de los costes subvencionables del programa de gasto.

Facilitación

Los beneficios se conceden sobre una base de minimis en forma de subvención (contribución no reembolsable), con una intensidad de ayuda de hasta el 90 % del total de los gastos subvencionables.

Los proyectos emprendedores candidatos deberán incluir un programa de gasto cuyo coste total esté comprendido entre 50.000,00 y 300.000,00 euros y un

Entrega

La solicitud de desembolso se realiza mediante la presentación de informes intermedios de avance de obra (SAL) en un número no mayor a tres con un monto acumulado no superior al 90% del costo total de la inversión subsidiada. Cada SAL intermedio debe tener un valor unitario igual a al menos el 20% del costo total admitido a financiamiento del programa de gasto subsidiado.

Se podrá solicitar como anticipo una cuota equivalente a un máximo del 40% del total de los beneficios. sujeto a la firma de una garantía bancaria o de seguro adecuada.

Duración

Los proyectos deberán tener una duración no mayor a 24 meses contados a partir de la fecha de firma para la aceptación del financiamiento.

Presentación

Procedimiento en dos pasos: a partir de las 12.00 horas del 16/01/2024 y hasta las 17.00 horas del 19/02/2024 la subida se podrá realizar en la plataforma correspondiente.

Las solicitudes de alivio podrán presentarse formalmente a partir de las 10.00 horas del día 20/02/2024 y hasta las 17.00 horas del día 27/02/2024.

Foto de JESHOOTS.COM en Unsplash

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