Cosas
Esta Comunicación se refiere a los Incentivos del Eje I y apoya la entrada y la permanencia en el mercado laboral de personas con discapacidad para: - reducir los riesgos de marginación, exclusión social y trabajo precario - promover un mayor conocimiento del sistema empresarial, promoviendo una cultura más consciente; de inclusión de personas con discapacidad, a través de intervenciones específicas de asistencia al empleo dirigidas a empleadores con características empresariales. Eje I – incentivos
¿A quién esta dirigido?
Pueden acceder a la ayuda empresas privadas de cualquier tamaño y sector de actividad, con sede registrada y/o operativa y/o al menos una unidad productiva y/o sucursal en la provincia de Cremona. Por empresa privada se entiende cualquier entidad que, independientemente de su personalidad jurídica y de sus modalidades de financiación, lleve a cabo una actividad económica, o cualquier actividad consistente en ofrecer bienes o servicios en un mercado determinado, independientemente del objetivo lucrativo que pueda perseguir. Esto incluye organismos económicos públicos y empresas controladas por organismos públicos. En el caso de trabajos temporales, de conformidad con los artículos. 20 y 28 del Decreto Legislativo núm. 276/2003 y modificaciones y adiciones posteriores, la empresa usuaria es la beneficiaria del aporte.
¿Qué predice?
La medida prevé la provisión de incentivos para la contratación de personas con discapacidad con los siguientes requisitos: a) aquellos inscritos en las listas de colocación selectiva a que se refiere la ley núm. 68/1999; b) los jóvenes que abandonan la escuela, hasta 6 meses después del final de su carrera escolar, en posesión de una certificación del grado de discapacidad de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 1 de la ley núm. 68/1999.