Diversificación de las actividades agrícolas en actividades relacionadas con la salud, la integración social y la agricultura comunitaria - GAL FAR Maremma – Región de Toscana

24 de abril de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

toscana

SECTOR

La agricultura, la silvicultura y la pesca

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

7 de octubre de 2019
16 de diciembre de 2019

NOTAS

El aviso fue publicado en BURT.
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Cosas

El aviso se emite para implementar la submedida 16.9 "Diversificación de las actividades agrícolas en actividades relacionadas con la atención médica, la integración social y la agricultura apoyada por la comunidad". La convocatoria tiene como objetivo promover la implementación de proyectos destinados a apoyar formas de cooperación entre empresas agrícolas y sujetos con finalidad social en los que la actividad agrícola sea funcional a la creación de servicios sociales orientados a la inclusión laboral, social, terapéutico-rehabilitadora de sujetos desfavorecidos. GAL FAR Maremma Medida 19.2 – Submedida 16.2

¿A quién esta dirigido?

La convocatoria está dirigida a micro, pequeñas y medianas empresas que operan en los territorios comprendidos en los territorios de GAL Maremma. Al presentar la solicitud, los interesados ​​en la realización del proyecto deberán estar constituidos o deberán comprometerse a constituirse en la forma de asociación temporal de empresarios (ATI) o asociación temporal de propósito (ATS). La ATI/ATS debe estar integrada por al menos dos empresas agrícolas o forestales, únicas o asociadas, y también podrá incluir uno o más de los siguientes tipos de entidades siempre que exista coherencia entre los fines señalados en su estatuto o escritura de constitución y Objeto de la licitación: - sujetos públicos entre los que tienen funciones de planificación y gestión de los servicios e intervenciones sanitarias, sociosanitarias y de asistencia social para los ámbitos territoriales de referencia del proyecto de conformidad con las LR 40/05 y LR 41/ 05, o:1. Sociedad de Salud y/o Municipios asociados a ella;2. Empresas de salud, 3. Municipios de gestión única o asociada donde no existe ninguna Empresa de Salud presente en el territorio de referencia - Cooperativas sociales constituidas de conformidad con el art. 8 de la Ley núm. 381/1991 y modificaciones posteriores e inscrita en el Registro de la Región de Toscana de conformidad con el art. 3 de LR n. 87/1997 y modificaciones posteriores - Organizaciones de Voluntariado inscritas en el Registro Regional de Organizaciones de Voluntariado (según la LR n. 28/1993 y modificaciones posteriores) activas en uno de los siguientes sectores de intervención: social, sanitario, sociosanitario - Social. asociaciones de promoción inscritas en el registro regional de asociaciones de promoción social (según la LR nº 42/2002 y modificaciones posteriores) activas en uno de los siguientes sectores de intervención: social, sanitario, sociosanitario - Cooperativas comunitarias constituidas en virtud del art. 11 bis de la LR 73/2005; - fundaciones activas en la planificación y ejecución de intervenciones y servicios sociales; - organizaciones profesionales, asociaciones comerciales de las cadenas de suministro agrícola y sindicatos;

¿Qué predice?

El apoyo está dirigido a asociaciones que pretenden promover proyectos destinados a proporcionar servicios sociales a las comunidades locales dirigidos a personas desfavorecidas. La intervención se divide en las siguientes actividades: Actividad A) se concede apoyo para el establecimiento, organización, coordinación, estudios preparatorios y animación de la forma asociada de los sujetos involucrados en la asociación con el fin de desarrollar relaciones de cooperación entre los diferentes operadores; ) se concede ayuda para la creación, organización, coordinación, estudios preparatorios y animación de la forma asociada de los sujetos implicados en la asociación con el fin de desarrollar relaciones de cooperación entre los diferentes operadores, así como para la realización del proyecto operativo destinado a acoger a las personas con discapacidad y/o desventaja. La ayuda prevista en la submedida 16.9 se concede en forma de aportación de capital y equivale al 90 % de los gastos incurridos y admisibles para financiación. El importe máximo de la aportación que se puede conceder para cada proyecto es de 20.000,00 euros en el caso de que la intervención se refiera únicamente a la ayuda a los gastos de establecimiento, organización, coordinación, estudios preparatorios y animación de la forma asociada a los sujetos implicados en la asociación (Actividad A) y 100.000,00 euros en caso de que también se incurran en los gastos de ejecución del proyecto operativo destinado a acoger en la empresa a personas desfavorecidas (Actividad B).

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Costos de personal, Planta/Maquinaria/Equipo, Materias primas, consumibles y bienes, Servicios, patentes y licencias, Gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

La agricultura, la silvicultura y la pesca

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

toscana

Ámbito territorial especial

Áreas internas

Entidad gestora

GAL FAR Maremma escarlata

Base regulatoria primaria

AOO-RT PSR 2014/2020-Medida 19 "Apoyo al desarrollo local LEADER (SLTP Participatory Local Development)-Aprobación de las Estrategias de Desarrollo Local Integrado (SISL), reconocimiento de los Grupos de Acción Local de Toscana y asignación de la asignación financiera correspondiente

Medida de implementación

AOO-RT PSR 2014/2020-Medida 19 "Apoyo al desarrollo local LEADER (SLTP Participatory Local Development)-Aprobación de las Estrategias de Desarrollo Local Integrado (SISL), reconocimiento de los Grupos de Acción Local de Toscana y asignación de la asignación financiera correspondiente

Referencias Diario Oficial

38 del 19/09/2019

Asignación de incentivos

1695796.21 €

Sitio de referencia

http://www.farmaremma.it

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