Cosas
La convocatoria para el otorgamiento de aportes a favor de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y para los aspirantes a emprendedores pretende consolidar y fortalecer el desarrollo económico de las empresas del sector comercio, turismo, artesanía y servicios que se ubican en el territorio y que, en de manera complementaria, contribuir a la ampliación de la oferta de servicios disponibles y a la mejora general de las condiciones socioeconómicas de la población.
¿A quién esta dirigido?
Son elegibles las empresas que cumplan con los siguientes requisitos: 1) ser MIPYMES de conformidad con el Anexo 1 del Reglamento UE n. 651/2014; 2) estar inscrito en el Registro Mercantil y estar activo; 3) tener una unidad local, o comprometerse a abrir, dentro del plazo de celebración de la licitación, una unidad local, que esté ubicada dentro del ámbito territorial del Distrito Comercial y que: a) tenga un escaparate a la calle o se ubica en la planta baja de los edificios o en el interior de los patios; b) cuenta con locales directamente accesibles al público, donde se realizan las siguientes actividades: i) venta al por menor de bienes y/o servicios; ii) administración de alimentos y bebidas; iii) prestación de servicios personales 4) no comprendidos en el ámbito de exclusión a que se refiere el art. 1 del Reg. UE n. 1407/20 13 “De minimis”;5) no tener ninguna de las materias a que se refiere el art. 85 del Decreto Legislativo de 6 de septiembre de 2011 n. 159 (el llamado Código de leyes antimafia) para el cual existen causas de prohibición, caducidad, suspensión de conformidad con el art. 67 del citado Decreto Legislativo Cabe señalar que para las actividades de servicios personales también se permiten los comercios que no tengan escaparate a la calle pero tengan una unidad operativa en el primer piso de los edificios. También son elegibles: • Las actividades comerciales en un área pública que cumplan con los requisitos anteriores y que, en lugar de una unidad local, tengan una concesión dentro del ámbito territorial del Distrito; Sólo una concesión es elegible en virtud de la Comunicación de Distritos de la Región de Lombardía 2022-2024, activada en los DID y DUC de la Región de Lombardía. La solicitud debe referirse únicamente a la remodelación de la unidad operativa móvil y solo puede presentarse a un distrito comercial. A este respecto se realizarán los debidos controles. También son elegibles los aspirantes a empresarios que cumplan los siguientes requisitos: • hacerse cargo de un negocio existente de un nuevo propietario, incluida la transferencia generacional entre empresarios de la misma familia; • Realizar el uso temporal permitido por la Ley Foral 18/2019; 45 – No tener las causas de prohibición, caducidad o suspensión a que se refiere el art. 67 del Decreto Legislativo de 6 de septiembre de 2011 n. 159 (el llamado Código de leyes antimafia). • Iniciar, antes del desembolso del subsidio por parte del Distrito, una actividad económica que cumpla con los requisitos anteriores.
¿Qué predice?
Ayuda concedida como prestación a fondo perdido, con cargo a un presupuesto de gastos compuesto por gastos de capital y gastos corrientes. Puede ser como máximo el 50% del gasto total subvencionable (capital y cuenta corriente) y en ningún caso puede ser superior al importe del gasto de capital. El importe máximo de la aportación es igual a 3.000,00 € (tres mil euros), con independencia del valor global de la inversión.