Cosas
Crédito fiscal para apoyar la competitividad de las empresas estimulando las inversiones en Investigación y Desarrollo, Innovación Tecnológica (también dentro del paradigma 4.0 y economía circular) Diseño y concepción estética.
¿A quién esta dirigido?
Todas las empresas residentes en el territorio del Estado (incluidas las organizaciones permanentes de no residentes), con excepción de aquellas que se encuentren en estado de liquidación voluntaria, quiebra, liquidación administrativa forzosa, convenio con acreedores sin continuidad de negocio, u otros procedimientos concursales. Además, quedan excluidas las empresas que reciben sanciones de inhabilitación por infracciones administrativas derivadas de un delito. Las empresas beneficiarias deberán cumplir con las normas sobre seguridad en el trabajo y las obligaciones de pago de contribuciones a la seguridad social y previsión de los trabajadores.
¿Qué predice?
Se reconoce un crédito fiscal por un monto equivalente a un porcentaje de los costos incurridos en actividades de investigación, desarrollo, innovación tecnológica, diseño y creación estética. Existen umbrales máximos para la prestación adeudada. El crédito puede utilizarse como compensación de conformidad con el art. 17 del Decreto Legislativo 241/1997, en tres cuotas anuales de igual importe, a partir del período impositivo siguiente a aquel en el que se realicen las actividades. El crédito no contribuye a la formación de la base imponible para efectos del impuesto a la renta e IRAP. Para obtener detalles sobre los costos subsidiados y el monto del crédito, consulte: https://www.mise.gov.it/index.php/it/incentivi/impresa/credito-d-tax-rs