Contribución no reembolsable a los profesionales para los gastos de puesta en marcha y funcionamiento de actividades profesionales individuales - Región Autónoma de Friuli Venecia

23 de enero de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Friuli Venecia Julia

SECTOR

Agricultura, silvicultura y pesca, Agroalimentación, Otros servicios, Química y Farmacia, Cultura, Construcción, Electrónica, Mecánica, Salud

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

29 de octubre de 2015
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NOTAS

El mostrador de solicitudes siempre está abierto. (Procedimiento de evaluación sin receta)
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Cosas

El incentivo prevé una aportación no reembolsable para los gastos relacionados con el inicio y funcionamiento de los tres primeros años de actividad profesional de forma individual. El importe de la aportación es igual al 50% de los gastos subvencionables. La aportación mínima es igual a 1.500,00 euros y la aportación máxima es igual a 20.000,00 euros. El período de tres años corresponde a los tres primeros años de ejercicio de la actividad profesional de forma individual a partir de la fecha de expedición del certificado de atribución del número de IVA por la Agencia Tributaria territorialmente competente. En el caso de que se haya producido el cambio de código de actividad (ATECO), el inicio del trienio coincide con la fecha del cambio de código de actividad. El cambio deberá referirse a una actividad profesional que no podría haberse ejercido con el código de actividad ya ostentado. La solicitud podrá presentarse dos veces dentro del plazo de tres años hasta alcanzar el límite máximo de aportación de 20.000,00 euros. No se podrán financiar las solicitudes presentadas una vez transcurrido el período de actividad de tres años. No obstante, las solicitudes de subvención presentadas exclusivamente para gastos ya realizados en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, realizadas en el trienio de actividad, podrán presentarse dentro de los sesenta días siguientes a la expiración del plazo de tres años. período de un año La solicitud de subvención debe presentarse en impuestos (16,00 euros) exclusivamente a través de un sistema electrónico específico accesible desde el sitio web de la Región FVG (ver enlace en esta página en "Enlace institucional").

¿A quién esta dirigido?

- Profesionales inscritos regularmente en colegios o colegios profesionales - No profesionales, titulares de seguros de responsabilidad civil por daños causados ​​en el ejercicio de su actividad profesional, inscritos como profesionales en una asociación incluida en el registro regional previsto por el ' art. 4 de la LR 13/2004 - Profesionales no registrados, titulares de modalidades de seguro de responsabilidad civil por daños causados ​​en el ejercicio de su actividad profesional, inscritos como profesionales en un colegio profesional incluido, de conformidad con la ley de 14 de enero de 2013, n . 4 (Disposiciones relativas a las profesiones no organizadas), de la Lista de asociaciones profesionales que expiden el certificado de calidad del servicio, publicada por el Ministerio de Empresa y Made in Italy en su sitio web - Profesionales titulares de seguros de responsabilidad civil por daños causados ​​en el ejercicio de una actividad profesional, inscritos como profesionales en registros o listas llevados por administraciones públicas u organismos públicos. Los solicitantes deberán: - ejercer una actividad libre y profesional - haber iniciado la actividad profesional durante un máximo de tres años, a partir de la fecha de expedición del título. el certificado de atribución del número de IVA en forma individual - tener residencia en Friuli Venezia Giulia - tener la sede social o operativa en Friuli Venezia Giulia - no formar parte de empresas asociadas o sociedades profesionales - no ser empleado permanente, titular de un seguro de vejez o pensión de antigüedad proporcionada por el INPS u otros fondos públicos o privados, colaborador de una empresa familiar, artesano, comerciante, agricultor directo, propietario de una empresa individual, administrador de sociedades o sociedades de capital. Los requisitos deberán cumplirse durante toda la duración del período de cotización, que se inicia desde la fecha de presentación de la solicitud y finaliza con la presentación del informe de gastos realizados. Si en la solicitud de cotización se incluyen gastos realizados en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, el inicio del período de cotización coincidirá con la fecha del primer documento de gastos admitido a cotización. 

¿Qué predice?

Son subvencionables los gastos estrictamente relacionados con la puesta en marcha y el funcionamiento de los tres primeros años de actividad profesional, realizados durante el trienio. El plan de gastos podrá incluir gastos incurridos en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (facturas totalmente pagadas) y/o gastos a incurrir después de la fecha de presentación de la solicitud y dentro del plazo para la realización de las intervenciones (previsiones o facturas no pagadas en su totalidad). Tipos de gastos elegibles para la contribución: - equipamiento tecnológico destinado al establecimiento y realización de la actividad, bienes de capital, máquinas, equipos y hardware de oficina; con exclusión de bienes de consumo - mobiliario - gastos obligatorios para el ejercicio de la profesión mediante el uso de equipos profesionales - software - creación o revisión de un sitio web - gastos de activación de una dirección de correo electrónico certificada y su mantenimiento - sistemas de seguridad para combatir actos delictivos, tales como sistemas de alarma, blindajes, refuerzo de puertas y cerraduras, cámaras y sistemas antirrobo, cajas fuertes, así como intervenciones similares; estos gastos no pueden hacerse para la vivienda habitual - inscripción en asociaciones u organismos que promueven y protegen la profesión y prestan servicios relacionados con la actividad profesional realizada - suscripciones a publicaciones y bases de datos especializadas - textos - materiales y servicios relacionados con actividades publicitarias y promocionales - obligaciones exigidas por la ley para el inicio y ejercicio de la actividad profesional, consistentes en: cotizaciones mínimas para gastos de seguridad social, prima de seguro de responsabilidad profesional y protección jurídica, si fuera obligatorio, y gastos relacionados con la inscripción en colegios y colegios profesionales, con la exclusión de cursos de formación y actualización profesional - adecuación o renovación del local utilizado o que vaya a utilizarse para el ejercicio de la actividad profesional, si es diferente de la residencia principal. El límite máximo de gasto es igual a 10.000,00 euros y el local objeto de la intervención deberá ser propiedad del beneficiario o estar a disposición del mismo con título adecuado al menos hasta la fecha de vencimiento de la restricción de destino a que se refiere el artículo 13 del DP Reg. 222/Pres./2015 y enajenación de inmuebles o partes de inmuebles utilizados exclusivamente para el ejercicio de actividades profesionales, si son distintos de la residencia principal, dentro del límite máximo de gasto de 10.000,00 euros y durante el período máximo financiable de doce. meses - primas y gastos de investigación para la obtención de garantías, en forma de fianzas, emitidas en interés del beneficiario por bancos o instituciones de seguros, dentro del límite máximo de gasto de 2.000,00 euros - gastos relacionados con los servicios de coworking Los gastos subvencionables son netos de IVA . Los gastos brutos del IVA son elegibles si el impuesto no es deducible y representa un costo reconocible.

Objetivo – Propósito

Puesta en marcha/Desarrollo de negocio

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Costos de personal, Edificios y terrenos, Capacitación profesional, Planta/Maquinaria/Equipo, Materias primas, consumibles y bienes, Servicios, patentes y licencias, Gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Profesional

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Inclasificable/clasificada, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Agricultura, silvicultura y pesca, Agroalimentación, Otros servicios, Química y Farmacia, Cultura, Construcción, Electrónica, Mecánica, Salud

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Friuli Venecia Julia

Otras características

inicio de la actividad profesional forma individual profesión profesionales equipamiento profesional reestructuración trienio fondo de seguridad social puesta en marcha Número de IVA fondo no reembolsable autónomo

Entidad gestora

REGIÓN AUTÓNOMA DE FRIULI VENEZIA GIULIA - DIRECCIÓN CENTRAL DE TRABAJO, FORMACIÓN, EDUCACIÓN Y FAMILIA

Base regulatoria primaria

REGIÓN FVG - Ley regional de 22 de abril de 2004 n. 13 Intervenciones sobre profesiones

Medida de implementación

REGIÓN FVG - Ley regional de 22 de abril de 2004 n. 13 Intervenciones sobre profesiones

Asignación de incentivos

800000 €

Sitio de referencia

https://www.regione.fvg.it/rafvg/cms/RAFVG/formazione-lavoro/lavoro/professioni/FOGLIA3/

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