Aportaciones para bodas, entretenimiento, ceremonias y HoReCa

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FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Cerdeña, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Valle de Aosta/Vallée d'Aoste, Véneto, Toscana, Apulia, Umbría

SECTOR

Catering, Hotel, Comercio, Otros servicios

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

21 de noviembre de 2022
5 de diciembre de 2022

NOTAS

Para la asignación de 2022, la transmisión de la solicitud sólo podrá tener lugar después de la publicación de una nueva disposición por parte del Director de la Agencia Tributaria.

Cosas

La medida tiene como objetivo mitigar los efectos de la crisis económica derivada de la emergencia epidemiológica del COVID-19, que ha afectado gravemente a las empresas que operan en los sectores de bodas, espectáculos, organización de fiestas y ceremonias y hostelería -Restaurante-Catering (HO. RE. CA), mediante la provisión de un aporte no reembolsable. Los criterios y métodos para el desembolso de las contribuciones a las empresas, en aplicación del artículo 1-ter del decreto legislativo de 25 de mayo de 2021, n. 73, convertido, con modificaciones, por ley de 23 de julio de 2021, n. 106 (denominado decreto Sostegni Bis), fueron definidos por decreto interministerial de 30 de diciembre de 2021. Los recursos financieros disponibles para el año 2021 ascienden a 70.000.000,00 euros, de los cuales: – una parte de 40.000.000 euros se destina a " sector de las bodas" - una parte igual a 10.000.000,00 euros está destinada al sector, distinto del de "bodas", del espectáculo y de la organización de fiestas y ceremonias - una parte igual a 10.000.000,00 euros está destinada a las empresas que operan en el sector HO. REY. CA - una cuota adicional de 10.000.000,00 está destinada, como contribución adicional, únicamente a las empresas que operan en el sector de la restauración que ya hayan presentado una solicitud en el servicio de asistencia electrónica abierto por la Agencia Tributaria del 9 al 23 de junio, según lo previsto por la Decreto interministerial de 29 de abril de 2022. Con decreto interministerial de 19 de agosto de 2022, publicado en el Diario Oficial núm. 252, de 27 de octubre de 2022, se modificó el decreto interministerial de 30 de diciembre de 2021, estableciendo una nueva asignación de recursos para el año 2022, equivalente a 40.000.0000,00 euros, en favor de las empresas que operan en sectores adicionales "difíciles".

¿A quién esta dirigido?

Las concesiones se otorgan a empresas que operan en el sector de "bodas", entretenimiento, organización de fiestas y ceremonias y HO. REY. CALIFORNIA. y otros sectores en dificultades. Para acceder al aporte 2021 aplican las siguientes condiciones: a. en 2020 sufrieron una reducción de su facturación no inferior al 30% respecto a la facturación de 2019. A efectos de cuantificar la facturación, son relevantes los ingresos a que se refiere el artículo 85, apartado 1, letras a) y b) del TUIR. , relativo a los períodos impositivos de 2019 y 2020. Para las empresas constituidas durante el año 2019, la reducción del volumen de negocios, en la misma medida del 30%, está relacionada con el período de actividad de 2019 a partir de la fecha de constitución e inscripción en el. registro de las empresas, teniendo en cuenta el volumen de negocios registrado en el período antes mencionado y el volumen de negocios registrado en el período correspondiente de 2020, según lo especificado en la disposición a que se refiere el artículo 6, párrafo 3; b. registró, en el período impositivo 2020, un empeoramiento del resultado económico del ejercicio igual o superior al 30%. Para acceder a la contribución de 2022, se han identificado sectores adicionales "difíciles", haciendo referencia a códigos específicos de la clasificación de actividades económicas ATECO 2007: - 56.10 - Actividades de restauración y restauración móvil; – 56.21 – Suministro de comidas preparadas (catering para eventos); – 56.30 – Bares y otros establecimientos similares sin cocina; – 93.11.2 – Gestión de piscinas; – 96.09.05 – Organización de fiestas y ceremonias. Para acceder a la aportación de 2022, las empresas deberán haber sufrido una reducción de ingresos no inferior al 40% en 2021 respecto a los ingresos de 2019. Para las empresas constituidas en 2020, en lugar de los ingresos, la reducción debe referirse al importe medio mensual de la facturación y las comisiones. para los meses de 2020 siguientes a la apertura del número de IVA en comparación con el importe medio mensual de facturación y tasas para 2021.

¿Qué predice?

Los beneficios se conceden en forma de aportación a fondo perdido, conforme y cumpliendo los límites y condiciones establecidos en el apartado 3.1 del Marco Temporal de ayudas COVID-19 o, transcurrido el plazo de vigencia del mismo, de conformidad con y de conformidad con el Reglamento de minimis. Para el aporte 2021, los recursos se dividen entre las empresas que cumplan con los requisitos de acuerdo con los siguientes métodos: a. El 70% de cada asignación se divide equitativamente entre todas las empresas instantáneas elegibles b. El 20% por ciento de cada cesión se divide, además de la cesión a que se refiere la letra a), entre todas las empresas instantáneas elegibles que tengan un importe de ingresos superior a 100.000,00 € c. el 10% restante de cada cesión se divide, además de las cesiones a que se refieren las letras a) y b), entre todas las empresas elegibles que tengan un importe de ingresos superior a 300.000,00 €. Para el aporte 2022, los recursos se dividen entre las empresas que cumplan con los requisitos de acuerdo con los siguientes métodos: a. El 70% de cada asignación se divide equitativamente entre todas las empresas instantáneas elegibles b. El 20% por ciento de cada cesión se divide, además de la cesión a que se refiere la letra a), entre todas las empresas instantáneas elegibles que tengan un importe de ingresos superior a 400.000,00 € c. el 10% restante de cada cesión se reparte, además de las cesiones a que se refieren las letras a) y b), entre todas las empresas elegibles que tengan un importe de ingresos superior a 1 millón de euros.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la liquidez

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto mínimo permitido

--

Gasto máximo permitido

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Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

--

Beneficio máximo otorgable

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tipo de tema
Negocio

Dimensión

Pequeñas empresas, medianas empresas, grandes empresas

Sector de actividad

Catering, Hotel, Comercio, Otros servicios

ATECO

55.10, 56.10, 56.21, 56.30, 93.11.2, 96.09.05

Regiones

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Cerdeña, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Valle de Aosta/Vallée d'Aoste, Véneto, Toscana, Apulia, Umbría

Municipios

Todos

Ámbito territorial especial

No aplica

Otras características

incentivos empresariales, bodas, refrigerios, reinicios, ceremonias

Entidad gestora

Agencia de ingresos

Base regulatoria primaria

Artículo 1-ter, apartado 1, del decreto legislativo de 25 de mayo de 2021, n. 73, convertido, con modificaciones, por ley de 23 de julio de 2021, n. 106
Base regulatoria secundaria
Disposición de 8 de junio de 2022 de la Agencia Tributaria

Medida de implementación

Decreto interministerial 19 de agosto de 2022

Referencias Diario Oficial

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Asignación de incentivos

40000000 €

Sitio de referencia

https://www.mise.gov.it/index.php/it/incentivi/impresa/wedding-trattamento-e-horeca

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