Municipios que no son de montaña - Aviso para la regeneración de empresas en el sector del alojamiento turístico Segunda edición - Agencia de Pagos Veneciana

9 de mayo de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Véneto

SECTOR

Hotelería, Turismo

GASTO PERMITIDO

50000 €

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

25 de enero de 2024
11 de abril de 2024

NOTAS

Sin notas adicionales

Cosas

El aviso, en aplicación de la DGR n. 1640, de 22 de diciembre de 2023, tiene como objetivo promover el desarrollo turístico sostenible y realiza inversiones en instalaciones de alojamiento elegibles para apoyo, destinadas a fomentar: la transición digital y ecológica del negocio, la plena accesibilidad de las instalaciones de alojamiento y la innovación de productos y/o procesos, con particular respecto de los siguientes tipos de operaciones: a) Intervenciones para la reducción del impacto ambiental y del consumo de recursos (energía/agua), para el uso de fuentes de energía alternativas y para la modernización estructural y de herramientas tecnológicas orientadas a la plena sostenibilidad ambiental;b) Intervenciones que incluyan herramientas tecnológicas de hardware y software, ciberseguridad, inteligencia artificial, aprendizaje automático, soluciones tecnológicas para la gestión y coordinación de procesos de negocio con altas características de integración de actividades, domótica;c ) Intervenciones encaminadas a garantizar la mejor accesibilidad a las instalaciones de alojamiento con vistas al diseño universal, a modo de ejemplo; d) otras intervenciones, incluidas las estructurales, destinadas a innovar y diferenciar el tipo de oferta actual, fomentando el desarrollo de nuevos productos turísticos y/o intervenciones destinadas a una mejor gestión de los negocios; procesos o gestión del establecimiento de alojamiento. Sin embargo, estas intervenciones siempre deben combinarse con las intervenciones mencionadas en los puntos a), b) yc). Dotación financiera: 15.000.000,00 euros. de los cuales: - 6.000.000,00 euros para empresas ubicadas en municipios de montaña identificados con la LR núm. 25/2014; - 9.000.000,00 euros para empresas ubicadas en municipios no de montaña Detalle del tipo de ayuda: Tipo: Régimen "de minimis" según el Reglamento 1407/2013 - Gasto permitido entre 50.000,00 euros y 400.000,00 euros Intensidad de la ayuda 50%. Ayuda compatible según el Reglamento nº. 651/2014 - Gastos admitidos entre 100.000,00 euros y 1.000.000,00 euros para micro y pequeñas empresas con una intensidad de ayuda del 20%; - Gastos admitidos entre 100.000,00 euros y 2.000.000,00 euros para medianas empresas con una intensidad de ayuda del 10%. Ayuda máxima subvencionable Ayudas en régimen de minimis: sobre un gasto máximo de 400.000,00 € (IVA incluido) la aportación máxima subvencionable es igual a 200.000,00 € (50%). Ayudas compatibles: - para las Micro y Pequeñas Empresas con un gasto máximo subvencionable de 1.000.000,00 € (IVA excluido), la contribución máxima que puede concederse es igual a 200.000,00 € (20% - para las Medianas Empresas con un importe máximo de gasto subvencionable de €); 2.000.000,00 (IVA no incluido) la aportación máxima que se puede conceder es igual a 200.000,00 € (10%). Duración del proyecto El proyecto deberá finalizarse dentro de los 24 meses siguientes a la publicación en el IBA del decreto que concede la ayuda. Modalidades de pago - Posibilidad de desembolsar un anticipo del aporte del 40% previa presentación de una fianza - Posibilidad de un anticipo del 40% previa presentación del avance del proyecto (el anticipo se puede sumar al anticipo hasta un máximo de 80); %);- Saldo final al concluir la investigación del informe técnico y contable presentado. 

¿A quién esta dirigido?

Las micro, pequeñas y medianas empresas (PYME) son elegibles según se define en el Anexo I del Reglamento de la UE no. 651/2014 de 17 de junio de 2014 y por la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, n. 2003/361/CE La empresa solicitante deberá gestionar y/o poseer una instalación de alojamiento, correspondiente a una unidad operativa ubicada en los ámbitos territoriales identificados en el artículo 3 de este anuncio. En concreto, estas estructuras podrán:1) ya estar clasificadas al momento de presentar la solicitud; 2) obtener clasificación tras las inversiones a que se refiere esta medida; en este caso el nivel de clasificación obtenido deberá ser de al menos tres estrellas para instalaciones hoteleras o de alojamiento al aire libre o tres leones para instalaciones de alojamiento complementario. Las instalaciones de alojamiento mencionadas en los puntos 1 y 2 son las definidas de conformidad con la LR n.11/2013.

¿Qué predice?

Gastos subvencionables: a) obras de construcción y/o obras de planta; b) intervenciones vinculadas al diseño y gestión de intervenciones estructurales, incluida la coordinación de seguridad; c) actividades relacionadas con servicios y consultoría vinculados a la obtención de certificaciones de calidad, seguridad, medio ambiente o energía; d) compra de equipos, hardware, maquinaria y mobiliario funcional al proyecto; e) compra de vehículos cero emisiones para el transporte de personas con discapacidad; f) adquisición de licencias y servicios informáticos;

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto mínimo permitido

50000 €

Gasto máximo permitido

2000000 €

Costos permitidos

Edificios y terrenos, Planta/Maquinaria/Equipo, Servicios, patentes y licencias, Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

25.000 €

Beneficio máximo otorgable

200000 €
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Hotelería, Turismo

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Véneto

Municipios

--

Ámbito territorial especial

--

Otras características

--

Entidad gestora

AVEPA – Agencia de Pagos Veneciana

Base regulatoria primaria

PR FESR VÉNETO 2021-2027. Acuse de recibo de la aprobación del Programa Regional PR FESR 2021-2027 de la Región del Véneto con la Decisión de Ejecución de la Comisión C(2022) 8415 final de 16 de noviembre de 2022. DGR n. 1573 de 13 de diciembre de 2022.
Base regulatoria secundaria
--

Medida de implementación

PR FESR VÉNETO 2021-2027. Acuse de recibo de la aprobación del Programa Regional PR FESR 2021-2027 de la Región del Véneto con la Decisión de Ejecución de la Comisión C(2022) 8415 final de 16 de noviembre de 2022. DGR n. 1573 de 13 de diciembre de 2022.

Referencias Diario Oficial

1640 del 22/12/2023

Asignación de incentivos

15000000 €

Sitio de referencia

https://bandi.regione.veneto.it/Public/Dettaglio?idAtto=9842

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