Cosas
La Convocatoria persigue el objetivo de promover el uso, por parte de las Mipymes de la cámara territorial de comercio, de servicios o soluciones enfocadas a nuevas habilidades y tecnologías digitales en implementación de la estrategia definida en el Plan de Transición 4.0.
¿A quién esta dirigido?
Las micro, pequeñas y medianas empresas definidas en el anexo pueden beneficiarse de las concesiones. Yo al Reg. n. 651/2014/UE de la Comisión Europea, con domicilio social en el distrito territorial de la Cámara de Comercio (provincias de Venecia y Rovigo), con los requisitos establecidos en el art. 4 del aviso
¿Qué predice?
Concesión de una aportación a fondo perdido de un importe que no exceda del 70% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 6.000,00 € (inversión mínima requerida 5.000,00 €). Se concede una bonificación de 250,00 € a las empresas que estén en posesión de la calificación de legalidad; Gastos subvencionables: a) Servicios de consultoría y formación relacionados con una o varias tecnologías de entre las previstas en el art. 2, apartado 2 del Aviso (véanse las especificaciones técnicas de los proveedores en el art. 5 b) compra de bienes y servicios instrumentales para la introducción de las tecnologías a que se refiere el art. 2, párrafo 2 del Aviso. No se permiten gastos por actualización de tecnologías ya en uso, ni gastos por productos/servicios que no se introduzcan dentro de su empresa (se excluyen, por ejemplo, software o soluciones tecnológicas aplicadas a los productos vendidos). Al arte. 6 especifica los casos de inadmisibilidad.