Cosas
El Municipio de Villafranca Padovana, como municipio líder, y el Municipio de Limena, en el marco del desarrollo del proyecto del Distrito Comercial financiado por la Región del Véneto, con esta licitación pretenden apoyar y fomentar el relanzamiento, la modernización, la innovación y la digitalización del oferta comercial. Por tanto, con este anuncio pretendemos apoyar intervenciones para la reconstrucción del tejido empresarial del territorio, de sus polaridades urbanas, con el fin de favorecer el reinicio y el relanzamiento de las actividades económicas. El objetivo específico de la convocatoria es, por tanto, asignar ayuda financiera no reembolsable a beneficiarios privados, en relación con el programa presentado en la convocatoria a que se refiere la DGR n. 1019, de 28 de julio de 2021, sobre dos líneas de inversión: – Línea D.1.1.a Intervenciones de remodelación y modernización de locales y estructuras para uso comercial; – Línea D.1.1.b Desarrollo digital de la gestión empresarial.
¿A quién esta dirigido?
Los destinatarios y potenciales beneficiarios de este anuncio son las empresas de comercio y servicios con una superficie de venta inferior a 500 m2 y los establecimientos públicos de alimentos y bebidas que operen dentro del perímetro del Distrito Territorial de Comercio (según el plan mencionado en el Anexo A del aviso). También se podrán financiar las intervenciones realizadas por empresas de nueva creación que se hayan inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención en esta convocatoria.
¿Qué predice?
El importe de la aportación a pagar por cada solicitud individual admitida a cotización se ha fijado en un máximo del 80% del gasto previsto con un máximo de 2.500,00 euros por beneficiario para la Línea D.1.1.a y de 500 euros para la Línea D. 1.1.b. La asignación financiera, para cada línea, se utilizará para financiar, por valor económico, un número igual de beneficiarios para cada municipio. Si, incluso para una sola línea, no hubiera suficientes solicitudes admitidas para contribución en uno de los dos municipios, el Órgano de Contratación, a su entera discreción, se reserva el derecho de admitir para contribución las solicitudes recibidas en el otro municipio.