Llamada de la Ley de 2025

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FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Pobreza educativa juvenil, solidaridad social

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

9 de abril de 2025
5 de junio de 2025

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

En línea con el nuevo Plan de tres años 2024-26, la Fundación Unipolis promueve la segunda edición de la Ley Ban-Aspirate. Involucrar. Transformar. Para contribuir a crear una sociedad más solidaridad, justa y cohesiva en el país, apoyando a las personas más frágiles para acceder a oportunidades, autonomía y derechos. Un contexto dentro del cual los individuos pueden lograr la ciudadanía plena y lograr la autonomía, los jóvenes pueden convertirse en protagonistas del futuro, aquellos que provienen de los caminos migratorios pueden sentir una parte activa de una nueva comunidad, las mujeres pueden ver un horizonte de igualdad real hecha, lo que contribuye a una transformación positiva de la sociedad para todos y todos.

¿A quién esta dirigido?

Los proyectos pueden ser presentados por los siguientes temas como organización para el líder:

  • Asociaciones voluntarias
  • Asociaciones de promoción social
  • Asociaciones deportivas aficionadas
  • Otros cuerpos del tercer sector
  • Cooperativas sociales y/o sus consorcios
  • Empresas sociales.

 

Se espera la participación de socios adicionales para socios, que contribuyen a diferentes entidades a la realización del proyecto. Otros tipos de entidades legales no pueden incluirse en las categorías enumeradas anteriormente, como las instituciones públicas (municipios, regiones, ministerios, universidades, etc.) y las empresas privadas también pueden ser un socio de proyecto. Solo las organizaciones constituidas, las personas naturales o colectivas no informales pueden ser socios del proyecto.

¿Qué predice?

La solicitud de contribución no puede ser mayor de € 100,000. Además, la contribución requerida no puede exceder el 75% de los costos totales y no menos del 20% del presupuesto general. La parte restante de los costos totales puede estar cubierta por otras contribuciones económicas al proyecto de naturaleza privada o pública y/o por una contribución económica de la organización líder y/o socios (CD "co-financiamiento). Debe notar que el co-financiamiento puede ser, en parte o incluso en total, en la naturaleza (a menudo definible en tipo). Por ejemplo, el proyecto de la mano de obra lo que puede ser reconocido por el proyecto por el proyecto, mientras que los empleados se pueden reconocer a los empleados o incluso a los empleados. Los voluntarios no son admitidos en el co -financiamiento.

Objetivo – Propósito

Inclusión social, promoción educativa

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto máximo permitido

100.000,00 €

Costos permitidos

Costo de personal, plantas/maquinaria/equipo, gastos generales/otros cargos, viajes, compra de bienes y servicios
tipo de tema
Asociaciones de cooperativas/sin fines de lucro, Fundación, Autoridad del Tercer Sector

Dimensión

Entidades del tercer sector, asociaciones voluntarias, asociaciones deportivas aficionadas, asociaciones de promoción social, empresas sociales

Sector de actividad

Pobreza educativa juvenil, solidaridad social

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Ámbito territorial especial

No aplica

Asignación de incentivos

400.000,00 €

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