Cosas
Aviso público a favor de pequeñas y micro empresas artesanales y comerciales para el otorgamiento de una contribución única no reembolsable de conformidad con el Decreto del Primer Ministro 24/09/2020.
¿A quién esta dirigido?
Pueden presentar la solicitud de ayuda las pequeñas y microempresas artesanales y comerciales que: a) estén activas y tengan una unidad operativa ubicada en el territorio del Municipio de Roccantica o emprendan nuevas actividades económicas en el mencionado territorio municipal; b) estén registradas en el territorio del Municipio de Roccantica; secciones pertinentes del Registro Mercantil establecido en la Cámara de Comercio territorialmente competente; c) no estén sujetos a procedimientos de quiebra o de convenio preventivo; d) deben encontrarse en el pleno y libre ejercicio de sus derechos, no encontrarse en estado de disolución o liquidación y no estar sujetos a procedimientos de quiebra, liquidación administrativa forzosa o procedimientos de administración controlada; e) debe ser conforme a la legislación antimafia, en particular certificando la ausencia de causas de prohibición, suspensión o caducidad previstas por el art. 67 del Decreto Legislativo 9/6/2011 No. 159 (Código Antimafia); f) no haber sido condenado con sentencia firme, o no haber sido destinatario de sentencia condenatoria penal que haya pasado a ser irrevocable o de sentencia que aplique la pena a petición, de conformidad con el art. 444 cpp, por delitos graves en perjuicio del Estado o de la Comunidad que afecten la moral profesional del representante legal.
¿Qué predice?
La aportación se concede en forma de aportación única no reembolsable, para: a) los gastos relativos a la adaptación de la empresa al “Protocolo compartido de regulación de medidas para combatir y contener la propagación del virus COVID-19 en los lugares de trabajo” .trabajo": compra de EPI y otros dispositivos, como EPI, termoláseres, productos higienizantes, rótulos, displays con gel higienizante y mascarillas desechables, mamparas divisorias de protección, higienización y sanitización profesional del local; b) gastos de gestión empresarial: electricidad, agua, teléfono, alquiler; c) gastos de renovación, modernización, ampliación para innovación de productos y procesos de actividades artesanales y comerciales, o adaptación de los locales a la legislación anti-covid; d) compra de maquinaria, sistemas, mobiliario y equipos diversos, para inversiones intangibles, para obras de albañilería y plantas necesarias para la instalación y conexión de la maquinaria y nuevas plantas productivas adquiridas.