Cosas
Con esta Comunicación, la administración regional pretende conceder a las empresas incentivos para contratar trabajadores desfavorecidos, desempleados muy desfavorecidos y trabajadores con discapacidad. La administración pretende fomentar la contratación de trabajadores residentes en el territorio de la Región de Calabria por parte de empresas que: - contribuirán en el territorio regional a la ejecución de las obras públicas previstas utilizando los recursos nacionales, comunitarios y regionales del nuevo ciclo de programación (como (por ejemplo: obras de infraestructura, intervenciones estratégicas en los sectores energético, digital, hídrico y de residuos, infraestructura viaria, finalización de la electrificación de la línea ferroviaria, etc.) permitirán el uso de métodos de trabajo pertenecientes a la categoría de Trabajo Flexible; como el trabajo a distancia; - permitir que el trabajador "ya no desempleado" permanezca en el territorio de Calabria y contribuya al desarrollo económico de la Región.
¿A quién esta dirigido?
La convocatoria se dirige a las empresas, independientemente de su tamaño, que no pueden tener una sede operativa en el territorio de Calabria siempre que la ejecución de los trabajos objeto del contrato se realice principalmente en el territorio regional. Empresas que operan en todos los sectores a excepción de aquellas que operan: – en el sector de la pesca y la acuicultura contemplado en el Reglamento (CE) no. 104/2000 del Consejo; – en el sector de la producción primaria de productos agrícolas – en los sectores excluidos enumerados en la nota 4 del Anexo II del Reglamento (UE) no. 964/2014 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2014.
¿Qué predice?
El incentivo al empleo se concede para la contratación, con carácter permanente, de trabajadores desempleados, desfavorecidos, muy desfavorecidos y con discapacidad, residentes o domiciliados en el territorio de la Región de Calabria, lo que supone un aumento neto del número de empleados en comparación con el promedio de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud. Los gastos subvencionables están representados por: – los costes salariales incurridos en los 12 meses siguientes a la suscripción en el caso de los trabajadores desfavorecidos – los costes salariales incurridos en los 24 meses siguientes a la suscripción en el caso de los trabajadores muy desfavorecidos y los trabajadores con discapacidad; disposiciones a que se refiere el art. 32 y 33 del Reg. 651/2014: - el importe subvencionable es igual al 50% de los costes subvencionables en el caso de contratación de trabajadores desfavorecidos - el importe subvencionable es igual al 75% de los costes subvencionables en el caso de contratación de trabajadores; con discapacidades.