Cosas
Con el aviso público y de conformidad con los artículos 5 y 7 del Decreto Ministerial 413219/2023, se pretende apoyar intervenciones para inversiones para la modernización del parque de maquinaria agrícola y en sistemas de agricultura de precisión para la eficiencia de la producción agrícola. En concreto, se pretende: a) apoyar inversiones en maquinaria y equipos para agricultura de precisión; b) sustituir vehículos todoterreno para agricultura y ganadería; c) apoyar inversiones en innovación de sistemas de riego y gestión del agua; Para cumplir con el objeto de la Submedida, según lo establecido en el Anexo A del Anexo I del Decreto Ministerial 413219/2023, las inversiones deberán involucrar:i. una mejora efectiva de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de carbono y sustancias contaminantes en el sistema productivo del solicitante;ii. que el vehículo o máquina tiene cero emisiones directas de CO2, o está propulsado por biometano o electricidad y con el paquete de baterías del vehículo eléctrico que prevé un correcto procedimiento de eliminación/recuperación compatible con la legislación nacional/europea vigente, y que es previsto el reemplazo de un vehículo correctamente desechado (desguazado);iii. que los equipos y dispositivos electrónicos han sido producidos cumpliendo la normativa medioambiental y están adecuadamente preparados para una correcta gestión al final de su ciclo de vida, así como previendo el consumo eléctrico de acuerdo con las buenas prácticas de producción europeas;iv. mejorar los efectos sobre el uso de los recursos hídricos y/o ahorrarlos; v. efectos de mejora sobre la reducción de la dispersión de nutrientes y/o pesticidas. Las intervenciones llevadas a cabo no pueden conducir a un empeoramiento de las condiciones ambientales y de los recursos naturales, y deben cumplir con las normas nacionales y de la UE en materia de protección del medio ambiente. Los proyectos financiados deberán garantizar, sobre la base de las condicionalidades previstas para el uso de los recursos del PNRR asignados a la Submedida, el cumplimiento del principio DNSH, a que se refiere el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 y las fichas mencionadas. a en la circular RGS núm. 32/2021 y, también, el cumplimiento de los principios y obligaciones específicos del PNRR en materia de etiquetado para el apoyo climático y digital.
¿A quién esta dirigido?
Los beneficiarios del apoyo a que se refiere el presente Aviso, de conformidad con el artículo 5, párrafo 1, del Decreto Ministerial 413219/2023, son las micro, pequeñas y medianas empresas agromecánicas y las micro, pequeñas y medianas empresas agrícolas. y sus cooperativas y asociaciones, tal como se definen en el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472. En el caso de empresas agromecánicas, el código ATECO de referencia de la actividad realizada es A. 01.61.00. Por tanto, realizan actividades agromecánicas tal y como se identifica en el art. 5 del Decreto Legislativo 99/2004. En el caso de las empresas agrícolas, el apoyo se concede a los agricultores activos de conformidad con el artículo 4 del Decreto Ministerial 660087/2022. Grandes empresas y empresas en crisis, de conformidad con el artículo 2, punto (59) del Reglamento (UE) 2022/2472.
¿Qué predice?
Con referencia y en cumplimiento de lo establecido en el capítulo 5 anterior “Descripción del tipo de intervención” y sin perjuicio de las condiciones ya expresadas, relativas a las distintas áreas de intervención para las que se puede conceder apoyo, equipos y dispositivos que sean elegibles para apoyo, según las indicaciones dadas en la Sección I "Intervenciones y gastos elegibles" del anexo del Decreto Ministerial 413219/2023. De conformidad con el artículo 7 del mencionado Decreto Ministerial, sólo se soporta el costo de adquisición de maquinaria, equipos y dispositivos dentro de los límites de su valor de mercado. En cuanto a las inversiones destinadas a aumentar la eficiencia de la distribución del agua, deben referirse a mejoras de los sistemas y sistemas de riego existentes, incluida la sustitución total de los sistemas de riego preexistentes. No se permiten intervenciones que impliquen la construcción de un nuevo sistema de riego y un aumento neto de la superficie regada. En cuanto a las inversiones fijas, estas son elegibles para el apoyo si su ubicación recae sobre superficies en propiedad o tuberías alquiladas. En este último caso deberá existir autorización escrita del propietario para realizar las intervenciones, presentar Dd S y recibir las ayudas correspondientes.