Prestaciones IRAP para el Tercer Sector (art. 81 LR n. 3 del 31.1.24) – Región de Sicilia

26 de marzo de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Reducción de impuestos

REGIONES

Sicilia

SECTOR

Otros servicios

GASTO PERMITIDO

0 €

ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

1 de enero de 2024
31 de diciembre de 2030

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

El incentivo, en aplicación del artículo núm. 81 de la Ley Regional n. 3 de 31 de enero de 2024, se refiere a la exención del IRAP para los sujetos a que se refiere el artículo 10 del decreto legislativo de 4 de diciembre de 1997, n. 460 y modificaciones posteriores, inscritas en los registros de Organizaciones de Voluntariado (ODV) y Asociaciones de Promoción Social (APS) y ONLUS a partir del 23 de noviembre de 2021 y entidades inscritas en la RUNTS, incluidas las cooperativas sociales y excluidas las empresas sociales constituidas en forma de empresa. La exención también opera en los siguientes casos: a) pérdida de la calificación de organización sin fines de lucro de la lista de registro de gestión regional, publicada en el sitio web de la Agencia Tributaria, después de la inscripción en el RUNTS; b) transferencia automática al RUNTS según los métodos previstos; por el mencionado decreto director del Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales núm. 561/2021;c) ODV y APS de nuevo registro en el RUNTS no incluidos en procesos de transmigración de registros anteriores.

¿A quién esta dirigido?

El beneficio está dirigido a los sujetos a que se refiere el artículo 10 del decreto legislativo de 4 de diciembre de 1997, n. 460 y modificaciones posteriores, inscritas en los registros de Organizaciones de Voluntariado (ODV) y Asociaciones de Promoción Social (APS) y ONLUS a partir del 23 de noviembre de 2021 y entidades inscritas en la RUNTS, incluidas las cooperativas sociales y excluidas las empresas sociales constituidas en forma de empresa. La exención se aplica también en los siguientes casos: a) pérdida de la condición de organización sin fines de lucro en la lista de registro de gestión regional, publicada en el sitio web de la Agencia Tributaria, después de la inscripción en el RUNTS; b) transferencia automática al RUNTS según los métodos previstos; por el mencionado decreto director del Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales núm. 561/2021;c) ODV y APS de nuevo registro en el RUNTS no incluidos en procesos de transmigración de registros anteriores.

¿Qué predice?

La exención consiste en la exención IRAP in "de minimis" a que se refiere: a) Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea Unión Europea a las ayudas "de minimis"; o funcionamiento de la Unión Europea sobre las ayudas "de minimis" en el sector agrario y de conformidad con la legislación europea sobre ayudas "de minimis" a que se refieren posteriores normas comunitarias que modifican la misma.".

Objetivo – Propósito

Inclusión social

Formulario – Facilitación

Reducción de impuestos

Gasto máximo permitido

300000 €

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Beneficio máximo otorgable

300000 €
tipo de tema
Cooperativas/asociaciones sin fines de lucro, empresas

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Inclasificable/clasificada, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Otros servicios

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Sicilia

Entidad gestora

Agencia de ingresos

Base regulatoria primaria

Art. 81 “Disposiciones a favor de entidades del tercer sector”

Medida de implementación

Art. 81 “Disposiciones a favor de entidades del tercer sector”

Referencias Diario Oficial

9 del 16/02/2024

Asignación de incentivos

0.01 €

Sitio de referencia

http://www.gurs.regione.sicilia.it/Gazzette/g24-07/g24-07.pdf

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