Cosas
La medida apoya los procesos de transformación tecnológica y digital de las pymes y del tejido empresarial en todo el territorio nacional e introduce figuras directivas en la empresa para implementar las tecnologías habilitadoras previstas por el Plan Nacional de Empresa 4.0 y modernizar las estructuras de gestión y organización de la empresa, incluyendo acceso a los mercados financieros y de capitales. La dotación financiera asignada para la ejecución de la intervención es igual a 75 millones de euros distribuidos para cada uno de los años 2019, 2020 y 2021.
¿A quién esta dirigido?
Podrán beneficiarse de los beneficios a que se refiere el Bono de consultoría en innovación las empresas que operan en todo el territorio nacional y que, tanto a la fecha de presentación de la solicitud como al momento de otorgar el aporte, reúnan los siguientes requisitos: - calificar como micro, pequeña o mediana empresa según la legislación vigente, – no incluida entre las empresas activas en los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento UE n. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 “De Minimis”, – tener domicilio social y/o unidad local activa en el territorio nacional y estar inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio territorialmente competente, – no ser el destinatario de las sanciones de inhabilitación en virtud del artículo 9, apartado 2, del decreto legislativo de 8 de junio de 2001, n. 231 y estar al corriente de pago de las cuotas de la seguridad social, no estar sujeto a procedimiento de insolvencia y no encontrarse en estado de quiebra, incluso de liquidación voluntaria, administración controlada, concurso de acreedores o en cualquier otra situación equivalente conforme a la legislación vigente, no haber recibido y posteriormente no reembolsado o depositado en una cuenta bloqueada una ayuda sobre la cual está pendiente una orden de recuperación, tras una decisión previa de la Comisión Europea que declaró la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. Además, también podrán beneficiarse del Bono las redes empresariales formadas por al menos tres PYME que reúnan los requisitos descritos, siempre que el contrato de red represente una colaboración eficaz y estable y se caracterice por los elementos mencionados en el artículo 2, apartado 2. , del decreto de 7 de mayo de 2019.
¿Qué predice?
El beneficio consiste en un bono que puede otorgarse bajo el régimen “de minimis” de conformidad con el Reglamento (UE) n. 1407/2013. La subvención máxima que se puede conceder se diferencia según el tipo de beneficiario: - micro y pequeña empresa: igual al 50% de los costes incurridos hasta un máximo de 40 mil euros, - medianas empresas: igual al 30% de los costes soportados hasta un máximo de 25 mil euros, – redes comerciales: igual al 50% de los costes soportados hasta un máximo de 80 mil euros.