Crédito fiscal para atraer inversiones cinematográficas y audiovisuales a Italia - Apertura de la sesión de reconocimiento Producción ejecutiva de obras extranjeras - Año 2023

29 de mayo de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Reducción de impuestos

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Cultura

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

4 de diciembre de 2023
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NOTAS

Las candidaturas se cerrarán 30 días después de la publicación del decreto de aplicación que se está adoptando actualmente.
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Cosas

Es un crédito fiscal reconocido a las empresas de producción ejecutiva y postproducción, por un monto no inferior al 25 por ciento ni superior al 40 por ciento de los gastos realizados en el territorio nacional para la creación de obras audiovisuales, o partes de ellas, no tener el requisito de nacionalidad italiana, realizadas con mano de obra italiana, encargadas por producciones extranjeras, siempre que al menos un día de rodaje o de trabajo, en el caso de obras de animación, se realice en territorio italiano.

¿A quién esta dirigido?

A las empresas de producción ejecutiva y postproducción: a) que tengan su domicilio social en el Espacio Económico Europeo; b) que, en el momento de utilizar el beneficio, estén sujetas a tributación en Italia como consecuencia de su residencia fiscal, o por la presencia de un establecimiento permanente en Italia, al que se pueda remontar la obra audiovisual a la que se refieren los beneficios c) que tengan un capital social mínimo totalmente desembolsado y un patrimonio neto no inferior a 40.000 euros, ambos en Italia; el caso de sociedades constituidas en forma de sociedades de capital tanto cuando se trate de empresas de producción individuales como de las constituidas en forma de sociedades; estos límites se reducen a la cantidad de 10.000 euros en relación con la producción de un cortometraje; d) que sean diferentes de asociaciones culturales y fundaciones sin fines de lucro; e) que estén en posesión de la clasificación ATECO J 59.11; en cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, tributaria y de seguros, así como en materia de higiene y seguridad en el trabajo y que apliquen los convenios colectivos nacionales vigentes; g) que no se encuentren en situaciones que les impidan negociar con las administraciones públicas; ) que no tengan ningún procedimiento de quiebra en curso.

¿Qué predice?

el reconocimiento de un crédito fiscal en relación con la creación efectiva en territorio italiano, por encargo de empresas productoras extranjeras, de obras audiovisuales, o de partes de ellas, utilizando principalmente mano de obra italiana o de la Unión Europea, en una cantidad equivalente al 40 por ciento del coste de producción elegible del trabajo individual y en todo caso dentro del límite máximo anual, para cada empresa o grupo de empresas, de 20.000.000 de euros.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Reducción de impuestos

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Inclasificable/clasificada, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Cultura

ATECO

59.11; 59.12;

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Entidad gestora

Ministerio de Cultura

Base regulatoria primaria

Disciplina de Cine y Audiovisual

Medida de implementación

Disciplina de Cine y Audiovisual

Asignación de incentivos

48000000 €

Sitio de referencia

https://cinema.cultura.gov.it/avvisi/tax-credit-aperto-sessione-ricognitiva-production-esecutiva-opere-straniere/

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