Cosas
La intervención “Instalaciones de alojamiento extraagrarias” tiene por objeto financiar las siguientes modalidades no hoteleras a que se refiere el art. 16 de la Ley Regional n. 16 del 28/07/2017 y artículos. 4, 5 y 7 de la Ley Regional de 12 de agosto de 1998, n. 27: • Casa de huéspedes/Domo • Casas y apartamentos de vacaciones (CAV) • Albergue juvenil La zona geográfica en cuestión corresponde a toda el área de los municipios del Distrito Rural BMG GAL (Barbagia, Mandrolisai, Gennargentu,) a saber: Aritzo, Atzara, Austis, Belvì, Desulo, Gadoni, Gavoi, Lodine, Meana Sardo, Ollolai, Olzai, Oniferi, Ortueri, Ovodda, Sarule, Sorgono, Teti, Tiana, Tonara.
¿A quién esta dirigido?
Los beneficiarios de esta convocatoria son: - micro y pequeñas empresas no agrícolas, individuales o asociadas, que ya realicen servicios de hostelería y tengan su sede registrada u operativa en el territorio del GAL BMG - personas físicas que pretendan constituirse en persona física; o micropequeña empresa asociada que tenga su domicilio social o sede operativa en el territorio del GAL BMG para realizar servicios de hostelería extrahotelera. El establecimiento y puesta en funcionamiento de la empresa deberá realizarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha del decreto de concesión.
¿Qué predice?
Son elegibles para financiación las siguientes intervenciones necesarias para la realización de las siguientes inversiones: a) inversiones para la construcción o mejora de bienes inmuebles b) inversiones para la compra de nuevas maquinarias, equipos, mobiliario y letreros relacionados con la actividad de recepción hasta; el valor de mercado del activo está cubierto; c) inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos (incluidos sitios web y otras soluciones informáticas) y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor, marcas; d) Gastos generales dentro del límite del 10%. Los gastos generales, a que se refiere el art. 45, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) n. 1305/2013, pueden realizarse en los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud de apoyo y relacionados con la planificación de la intervención propuesta en la misma solicitud, incluidos los estudios de viabilidad, son igualmente elegibles.