Cosas
La intervención tiene como objetivo apoyar la creación y consolidación en el territorio regional de empresas emergentes innovadoras que realicen inversiones relacionadas con resultados de investigación o nuevos productos innovadores con el fin de fortalecer el posicionamiento de la empresa en el mercado interno e internacional, en línea con las trayectorias prioritarias de la "Estrategia de especialización inteligente (S3) 2021/2027", de la cual la DGR n. 42 del 31/01/2022. El objetivo es incentivar el desarrollo de iniciativas a lo largo de toda la cadena de valor, desde la "generación de ideas", pasando por la "aceleración" hasta el "escalamiento", con el fin de incrementar la competitividad del sistema productivo regional a través del desarrollo de nuevas iniciativas innovadoras. productos y servicios, con especial atención a la revitalización de los pueblos históricos a que se refiere la LR 29/2021.
¿A quién esta dirigido?
Sólo pueden beneficiarse de los beneficios previstos las empresas individuales, con la forma jurídica de sociedades anónimas, también constituidas en forma cooperativa, debidamente constituidas, activas e inscritas en la sección especial del Registro Mercantil de la Cámara de Comercio dedicada a las empresas de nueva creación. por en este anuncio. 25 del Decreto Legislativo 179/2012 convertido en ley 221/2012 y modificaciones posteriores
¿Qué predice?
Implementado de conformidad con el Reg. (UE) n. 651/2014 y modificaciones posteriores, y en particular en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 22 (Ayuda a las empresas de nueva creación). El beneficio se concede hasta un máximo del 70% de los gastos previstos para la realización del proyecto y, a elección del proponente: - en forma de aportación de capital no reembolsable (OPCIÓN 1); de una aportación de capital, expresada como porcentaje del total de los gastos subvencionables y de la ayuda, expresada en GSE, procedente del instrumento financiero "Fondo de Crédito Ordinario - Sección Start up", establecido por la entidad gestora del fondo holding "Crédito Futuro Marche" (OPCIÓN 2). La opción 2 prevé la posibilidad de beneficiarse de la ayuda proporcionada por la intervención “FONDO NUOVO CREDITO” (https://www.creditofuturomarche.it/), en forma de garantía sobre un préstamo bancario asociado a subvenciones a fondo perdido para la reducción de los costes por intereses y los costes de garantía. La contribución para la reducción del costo de la garantía de primer grado emitida por los Consorcios es aplicada por los propios Consorcios en beneficio de la empresa beneficiaria. La contribución para la reducción de los costes por intereses se determina sobre el importe del préstamo admitido destinado a la realización de las inversiones. Las características de la garantía, la intensidad de la contribución para la reducción del costo de la garantía y el costo de los intereses y los métodos de desembolso de la misma, son establecidos por la Región con el decreto que crea el "Fondo de Crédito Ordinario - Sección Puesta en Marcha" y serán publicados en los sitios regionales y en la plataforma Crédito Futuro Marche.