Cosas
La intervención apoya proyectos para la construcción de nuevas unidades de producción por parte de empresas existentes.
¿A quién esta dirigido?
La intervención se dirige a empresas activas, con domicilio social o, al menos, una unidad de producción, ya presente en el territorio nacional, acreditada mediante certificado de registro mercantil ante la Cámara de Comercio, Industria, Artesanía y Agricultura (CCIAA) territorialmente competente; El sitio de producción debe haber sido comprado o construido a partir del 01/01/2023. Por lo tanto debe ser una nueva unidad local resultante también del certificado de la Cámara de Comercio, con un nuevo número de casa, realizar alguna de las actividades contempladas en los códigos ATECO enumerados: • C. ACTIVIDADES FABRICANTES • E. ABASTECIMIENTO DE AGUA; REDES DE ALCANTARILLADO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y ACTIVIDADES DE REMEDIACIÓN, limitadas a códigos: o 38. Actividades de recolección, tratamiento y disposición de residuos; recuperación de materiales 39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos• F. CONSTRUCCIÓN• J. SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN• M. ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
¿Qué predice?
Objetivo: Apoyo a proyectos de construcción de nuevas unidades productivas por parte de empresas existentes. Tras el examen positivo de la declaración de gastos incurridos y declarados, la contribución se paga en un saldo único. La Región de las Marcas normalmente procederá al pago de la contribución antes del 80º día siguiente a la fecha de envío de la solicitud de pago y de la documentación justificativa de los gastos, compatible con la realización de las actividades relacionadas con las obligaciones contables, después de comprobar el informe técnico de las intervenciones, los informes financieros en la plataforma Sigef, las aportaciones periódicas de la empresa beneficiaria y la documentación de certificación de gastos que acredite la realización final del proyecto. Las contribuciones se pagan en función de los gastos realmente incurridos (ingresos) por los beneficiarios para la implementación del proyecto. Indicaciones de subvencionabilidad de los gastos: a) gastos de obras y sistemas de construcción/albañilería (eléctricos, anti-intrusión, agua-sanitarios, calefacción y aire acondicionado, conexiones digitales) para renovaciones ordinarias o extraordinarias en propiedades en propiedad o arrendadas por varios años, por ejemplo, exclusión del préstamo para uso; b) gastos relacionados con la compra de maquinaria y equipos de producción y hardware de nueva fabricación. Incluye gastos de transporte e instalación de maquinaria; c) gastos de inversiones intangibles (compra o registro de patentes, marcas, modelos, diseños, licencias, know-how, programas informáticos, software de gestión y profesional y otras aplicaciones digitales de negocio) ; d) costos de diseño y consultoría (con excepción de los indicados en el párrafo 5 del anuncio) hasta un máximo del 20% de los costos mencionados en los puntos A), B), C e) costos generales (como un); a tanto alzado del 7% de los gastos subvencionables a que se refieren los puntos A, B) y C).