Cosas
El objetivo de esta facilitación es financiar proyectos e iniciativas llevadas a cabo por asociaciones y entidades de derecho privado (cualquiera que sea su denominación) con intereses colectivos en empresas agrícolas en la región de Las Marcas.
¿A quién esta dirigido?
Asociaciones regionales y entidades de derecho privado que tienen intereses colectivos de las empresas agrícolas de la región de Las Marcas, establecidas y operativas desde hace al menos 3 años en el territorio regional, siempre que estén representadas: – entre las fuerzas sociales en el actual Consejo del CNEL (Consejo Nacional de Economía y de Trabajo) o – en el Consejo de la Cámara de Comercio, también por afiliación, de conformidad con el art. 10 de la Ley n.580/1993, modificada por el Decreto Legislativo n.23/2010 y el Decreto Ministerial n.155/2011. Estos sujetos (proponentes) podrán, en la misma, identificar como único organismo ejecutor de cada iniciativa a una de sus asociaciones provinciales o interprovinciales o a una de sus empresas o consorcios de servicios, siempre que sean propiedad de la misma al menos en un 75%. asociaciones (o por otros sujetos de su emanación, o por el conjunto de asociaciones constituidas a nivel provincial a escala regional)
¿Qué predice?
Las aportaciones a las que se refiere este aviso público tienen como objetivo financiar proyectos e iniciativas, generalmente a nivel regional, encaminadas a la valorización, trazabilidad y seguridad de los productos agroalimentarios locales y a la promoción de la relación directa entre productores y consumidores y de la cadena corta de suministro, también a la luz de los resultados inciertos de las nuevas crisis internacionales, que están empujando a los sistemas económicos a reorganizarse según lógicas de proximidad y lealtad con los productores, como se detalla mejor en el art. 2 del aviso. Los proyectos e iniciativas para los cuales se solicita la contribución deben iniciarse a partir del 01.01.2024 y deben implementarse y concluirse antes de la fecha límite del 31.12.2024. La lista de gastos subvencionables y no subvencionables se define en el art. 5. Es posible presentar una solicitud específica para cada proyecto o iniciativa a partir del 01/02/2024 y a más tardar en la fecha límite del 29/03/2024 completando el formulario correspondiente y enviándolo vía PEC a la dirección institucional: cciaa @pec.marche.camcom.it El importe de la subvención que se puede conceder se fija en el 70% de los gastos subvencionables indicados en el presupuesto financiero y en cualquier caso no puede superar el importe máximo de 100.000,00 € para cada iniciativa. En el caso de que el importe total de las subvenciones que puedan concederse supere la disponibilidad del fondo, el importe de las subvenciones realmente concedidas se reducirá proporcionalmente para todas las iniciativas y proyectos elegibles. Si se acepta la solicitud, el beneficiario deberá, bajo pena de revocación de la aportación, presentar una solicitud de pago específica acompañada de la documentación contable, dentro de los 60 días siguientes al plazo para la realización de las actividades fijado el 31.12.2024.