Cosas
La medida pretende promover acciones de economía circular por parte de las pymes lombardas para lograr la reducción y una mejor gestión de los residuos de las cadenas de suministro de plásticos y textiles, en línea con las indicaciones del actual Programa Regional de Gestión de Residuos y los desarrollos de proyectos específicos llevados a cabo en el marco de programación comunitaria en temas de Economía Circular. Son subvencionables las intervenciones asociadas a todas las fases del ciclo de vida de las cadenas de suministro de plástico y textiles (abastecimiento, diseño, producción, distribución, uso, recogida, final de vida): - valorización de los residuos de producción como material, también de origen industrial. simbiosis e introducción de subproductos en el ciclo productivo; - acciones para la reutilización de envases al final de su vida útil, también gracias a la creación de sistemas de vacío retornables; - acciones para la reutilización de productos o la extensión del ciclo de vida; - modificaciones en las líneas de producción para crear productos/envases con menor uso de materias primas; - modificaciones en las líneas de producción para la reducción o utilización de sus propios residuos/desechos de procesamiento; - modificaciones en las líneas de producción para la introducción de materiales; del “fin de los residuos” - cambios en las líneas de producción tras el rediseño del producto con el fin de mejorar el final de su vida (mayor durabilidad y reciclabilidad) también mediante el uso de materiales alternativos - proyectos innovadores, con características de transferibilidad y escalabilidad; , relativos a la recogida de residuos dedicada a fracciones homogéneas con el fin de optimizar los procesos de preparación para su reutilización o reciclaje; - proyectos innovadores, con características de transferibilidad y escalabilidad, relacionados con procesos de preparación para la reutilización o el reciclaje de residuos plásticos, residuos de bioplásticos compostables y residuos textiles.
¿A quién esta dirigido?
Pueden presentar una solicitud para participar en la medida, de forma única o agregada, según se define en el anexo 1 del Reglamento UE 651/2014 y modificaciones posteriores, las pequeñas y medianas empresas que tengan los siguientes requisitos: - estar debidamente constituidas, registradas y activos en el Registro Mercantil; - presentar proyectos individualmente o en combinación; También pueden participar en la agregación sujetos que no sean micro, pequeñas y medianas empresas, pero estos sujetos no pueden en modo alguno ser beneficiarios de aportes y los gastos en que incurran no se considerarán elegibles para el aporte, pero en cualquier caso serán elegibles para el aporte. ser tenido en cuenta en el lugar de evaluación del proyecto; - realizar intervenciones en una sede operativa situada en Lombardía que esté activa en el momento de la presentación de la solicitud o activada a más tardar en la solicitud de desembolso del saldo. El alivio no se concede: - a los sectores excluidos a que se refiere el art. 1, párr. 1 y 2 del Reglamento (UE) 2023/2831;- para las intervenciones comprendidas en las exclusiones previstas por el Reglamento (UE) 2021/1058;- a las empresas que, si resultan de una declaración con arreglo al Decreto Presidencial 445/2000, se encuentran en en estado de quiebra, liquidación (incluso voluntaria), administración controlada, concurso de acreedores o en cualquier otra situación equivalente según la legislación estatal vigente.
¿Qué predice?
La aportación no es reembolsable y se concederá y abonará hasta el 50% de los gastos subvencionables y hasta un importe máximo de 300.000,00 € para cada PYME individual de conformidad con el reglamento "de minimis" (Reg. (UE) n. 2831/2023). El porcentaje de financiación podrá incrementarse hasta el 60% en el caso de proyectos especialmente exitosos, que demuestren que se han superado los resultados esperados, en un mínimo del 30%, tras un año de medición efectiva ex post de los efectos producidos por la intervención. financiado en términos de: reducción de la producción de residuos, menor uso de materias primas, uso de subproductos o productos de "fin de residuos" para reemplazar recursos/materias primas, aumento de los residuos reciclados o enviados a reciclaje. La desgravación se concede a los proyectos presentados, individualmente o en conjunto, con un total de gastos subvencionables, neto de IVA, igual a al menos 50.000 € para todo el proyecto. La solicitud de participación en la licitación deberá ser presentada, bajo pena de inadmisibilidad, por el solicitante (o por el líder en el caso de agregaciones) obligatoriamente en formato electrónico, a través del Sistema de Información de Avisos y Servicios disponible en la dirección: www.bandi .regione .lombardia.it a partir del 7 de mayo de 2024 a las 09:00 horas. Es posible registrarse en la plataforma incluso antes de que se abra la licitación.