El objetivo de la Comunicación es apoyar las inversiones de las PYME con los siguientes fines:
– afrontar los nuevos desafíos que imponen la innovación y la transición ecológica y digital, a través de la reingeniería de los ciclos productivos y el lanzamiento/consolidación de procesos de economía circular;
– apoyar el posicionamiento de las PYME en las cadenas de valor globales a nivel nacional e internacional;
– apoyar la difusión de la investigación y la innovación para aumentar la competitividad del sistema de producción regional;
– agregar capacidades, tanto entre empresas interesadas en promover programas conjuntos de investigación, como entre empresas y organizaciones y organismos de investigación, también para crear y fortalecer cadenas de suministro verticales y horizontales en diferentes sectores, introduciendo un concepto de contaminación e intercambio de experiencias y conocimientos;
– apoyar y cualificar el empleo regional, incluido el empleo femenino.
Beneficiario
Pymes de forma individual o en asociación con otras pequeñas y medianas empresas / Start ups / empresas innovadoras.
Intervenciones elegibles
La intervención puede referirse a:
– Proyectos de Investigación y Desarrollo Experimental Industrial que puedan integrarse con:
- Proyectos de innovación;
- inversiones productivas;
- proyectos de formación;
- inversiones a favor de la protección del medio ambiente;
- adquisición de consultoría especializada, programas Exclusivamente en relación con iniciativas comerciales, a que se refiere el apartado G de la Clasificación Ateco de 2007, las intervenciones podrán referirse a:
Internacionalización y participación en ferias.
– Proyectos de innovación que se pueden integrar con:
- inversiones productivas;
- proyectos de formación;
- inversiones a favor de la protección del medio ambiente;
- adquisición de consultoría especializada, programas de internacionalización y participación en ferias.
Los Programas Integrados de Subsidio deben referirse a programas de inversión productiva con un monto total de gastos y costos elegibles comprendidos entre:
- 1 millón de euros y 50 millones de euros para las medianas empresas;
- 1 millón de euros y 40 millones de euros para las pequeñas empresas;
- 1 millón de euros y 20 millones de euros para empresas innovadoras y Start Ups innovadoras individuales;
- 500 mil euros y 5 millones de euros para start-ups innovadoras y empresas innovadoras participantes.
Los costes de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental no podrán exceder los 30 millones de euros para el Programa de Facilitación Integrada. Los costes de la innovación en favor de las PYME no pueden superar los 3 millones de euros. Los costes de innovación organizativa y de procesos no pueden superar los 5 millones de euros.
Los costes de formación no pueden superar los 2 millones de euros.
Las inversiones en favor de la protección del medio ambiente no pueden superar los 10 millones de euros.
Los gastos de servicios de consultoría e internacionalización no podrán exceder de 500 mil euros; Los gastos de participación en las ferias no podrán exceder de 500 mil euros.
Gastos elegibles
Contribución no reembolsable. Los beneficios por proyectos de investigación y desarrollo, incluido cualquier incremento, no podrán exceder, cualquiera que sea el importe de la cantidad subvencionable, los siguientes límites por empresa:
el. si el proyecto es predominantemente de investigación industrial: 35 millones de euros por empresa y por proyecto; esta condición se cumple cuando más de la mitad de los costes subvencionables del proyecto se refieren a actividades incluidas en la categoría de investigación industrial;
ii. si el proyecto es predominantemente de desarrollo experimental: 25 millones de euros por empresa y por proyecto; esta condición se cumple cuando más de la mitad de los costes subvencionables del proyecto se refieren a actividades que entran en la categoría de desarrollo experimental;
III. En el caso de las ayudas a PYME para proyectos de investigación y desarrollo que hayan obtenido un sello de excelencia, el importe máximo de la ayuda no excederá de 2,5 millones de euros por PYME y por proyecto.
La intensidad de la ayuda a la investigación industrial y al desarrollo experimental no supera:
a. el 60 % para las medianas empresas y el 70 % para las pequeñas empresas de los costes subvencionables para la investigación industrial;
b. El 35% para las medianas empresas y el 45% para las pequeñas empresas de los costes subvencionables para el desarrollo experimental.
Esta intensidad de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales (hasta una intensidad máxima del 80 % para las pequeñas empresas) de los costes subvencionables si se cumple una de las siguientes condiciones:
I. el proyecto:
a. implique una colaboración efectiva entre empresas y no requiera que una sola empresa soporte por sí sola más del 70 % de los costes subvencionables, o
b. prevé una colaboración efectiva entre una empresa y una o más organizaciones de investigación y difusión de conocimientos, en la que estas organizaciones soportan al menos el 10 % de los costes subvencionables y tienen derecho a publicar los resultados de su investigación;
II. Los resultados del proyecto se difunden ampliamente a través de conferencias, publicaciones, bases de datos de acceso abierto o software libre o de código abierto.
Los incentivos a la Innovación de las Pymes se conceden hasta un límite del 50% del gasto global que se considere adecuado, relevante y subvencionable.
Los beneficios por innovación de procesos y organización no superan el 50% de los costes subvencionables.
Para Inversiones Productivas, los beneficios para gastos elegibles se otorgan dentro de los siguientes límites:
– 40% para las medianas empresas;
– 50% para pequeñas empresas.
En el contexto de Inversiones Productivas, las empresas podrán indicar en el plan económico financiero una combinación de porcentajes para inversiones en capital fijo y activos intangibles (a) y para costos salariales (b), siempre que la combinación entre costos (a) y (b) no excede los límites indicados anteriormente.
Además, en el contexto de Inversiones Productivas, los porcentajes de concesión podrán incrementarse hasta un 10% en función de las recompensas. Estos beneficios no pueden exceder los límites establecidos por la Carta de Ayudas.
En relación con las Ayudas a la Formación, la intensidad de la ayuda no supera:
– para las medianas empresas, el 50 % de los costes subvencionables.
Esta intensidad puede incrementarse en 10 puntos porcentuales si la formación está destinada a trabajadores con discapacidad o trabajadores desfavorecidos y en otros 10 puntos porcentuales si la unidad subvencionada está ubicada en una zona de ZEE;
– para las pequeñas empresas, el 70 % de los costes subvencionables.
Para las inversiones en favor de la protección del medio ambiente, la intensidad de la ayuda no supera:
a. Ayudas a la inversión para medidas de eficiencia energética en:
– 55 % de los costes subvencionables para las medianas empresas;
– 65% de los costes subvencionables para las pequeñas empresas.
b. Ayudas a la inversión para el fomento de la energía procedente de fuentes renovables, del hidrógeno renovable y de la cogeneración de alta eficiencia en:
– 55 % de los costes subvencionables para las medianas empresas;
– 65% de los costes subvencionables para las pequeñas empresas.
Los beneficios relativos a los servicios de consultoría para empresas se conceden a las PYME hasta un límite del 50% del gasto global que se considere adecuado, pertinente y subvencionable.
Presentación
A la espera de la publicación del decreto de aplicación. Publicación prevista para el segundo semestre de 2023.
Foto en ThisisEngineering RAEng su Unsplash