PIA Turismo – Programas Integrados de Facilitación del Turismo

Lo que necesitas saber

PIA TURISMO pretende apoyar inversiones con los siguientes fines:

  • Elevar los estándares de calidad de la oferta y la ampliación y mejora de los servicios ecológicos y verdes que impacten el territorio de manera no agresiva;
  • Digitalización de las empresas que operan en el sector turístico para mejorar su nivel de competitividad y difundir y apoyar la evolución de la Industria del Turismo 4.0, fomentando la creación de nuevos servicios culturales y turísticos digitales y la creación de elementos innovadores para el ecosistema turístico de Puglia;
  • Formación de operadores con el fin de promover modelos innovadores de organización del trabajo para desarrollar las competencias digitales y no digitales de los operadores del sector a través de cursos de formación cualificados;
  • un "nuevo asociacionismo" (asociación) entre estructuras hoteleras, abandonando la actitud de fragmentación y razonando en cambio sobre modelos operativos que exploten las sinergias y consideren la concentración de acciones y la "construcción de un sistema" como factor de innovación, crecimiento y desarrollo, también a través de la red de la empresa;
  • el apoyo y la cualificación del empleo regional, incluido el empleo femenino.

 

Localización

Las iniciativas elegibles deben referirse a unidades locales ubicadas o que se ubicarán en el territorio de la Región de Puglia. En el caso de grandes empresas no será posible la reubicación en los 5 años siguientes a la fecha de finalización de la inversión, para las pymes en los 3 años siguientes. Las empresas beneficiarias de las ayudas también deberán comprometerse a mantener las UTA contabilizadas en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
demanda y presencia en el territorio de la Región de Apulia y su aumento en las unidades locales sujetas a facilitación, también con especial atención al empleo femenino. Esta obligación deberá asumirse por el año completo y los tres años siguientes.

Lo que financia

El Programa Integrado de Facilitación del Turismo deberá constar de: INVERSIONES PRODUCTIVAS para la creación de:

1. Nuevas actividades hoteleras a que se refiere el art. 3 de la ley regional n. 11/99, mediante la recuperación física y/o funcional de estructuras inacabadas, legítimamente iniciadas, destinadas a actividades de hostelería; las concesiones pueden otorgarse limitadas a obras ya autorizadas y, por lo tanto, no incluyen obras de ampliación. Este tipo de inversión también puede incluir la creación de "servicios funcionales", de conformidad con la legislación vigente, estrechamente vinculados a la estructura hotelera, que mejoren la calidad global del servicio ofrecido.

2. Ampliación, modernización y renovación de las instalaciones hoteleras existentes a que se refiere el art. 3 de la ley regional n. 11/99, con el fin de elevar los estándares de calidad y/o clasificación;

3. Construcción de instalaciones hoteleras a que se refiere el art. 3 de la ley regional n. 11/99, con capacidad de alojamiento no inferior a n. 7 habitaciones, mediante obras extraordinarias de mantenimiento y/o consolidación y de restauración y reurbanización conservadora de bienes de interés artístico e histórico para los cuales, en la fecha de presentación de la solicitud de acceso, la declaración a que se refiere el art. 13 del Decreto Legislativo núm. 42 del 22/01/2004 (Código del Patrimonio Cultural y del Paisaje);

4. mantenimiento extraordinario y/o consolidación, restauración y reurbanización conservadora de edificios rurales, granjas, trulli, torres, fortificaciones con el fin de
transformación del inmueble en instalaciones hoteleras de conformidad con el art. 3 de la ley regional n. 11/99, con capacidad de alojamiento no inferior a n. 7 habitaciones;

5. recuperación y reurbanización de edificios abandonados y/o necesitados de mantenimiento extraordinario, restauración y obras de reurbanización conservadoras o
renovación de edificios;

6. Estructuras, sistemas o intervenciones a través de las cuales se mejore la oferta turística local con el objetivo de favorecer la desestacionalización de los flujos turísticos.

Las estructuras hoteleras identificadas en los puntos 2), 3) y 4) anteriores también podrán crearse en forma de alojamiento generalizado.
Las inversiones deben alcanzar obligatoriamente el nivel 2 del sistema de certificación de sostenibilidad para edificios no residenciales de conformidad con la LR 13/2008 (Protocolo ITACA Puglia 2017 – Edificios no residenciales – anexo A de la DGR n° 1147 del 7/11/2017, publicado en BURP nº 89 del 25/07/2017 y modificaciones posteriores) y obtener el certificado de eficiencia energética con al menos clase B y una eficiencia energética del edificio en verano de al menos nivel medio.

Cada proyecto relacionado con Inversiones Productivas deberá integrar programas de digitalización e inversiones digitales y tecnológicas, a través de al menos una de las siguientes intervenciones:

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El proyecto apoyado también podrá incluir, exclusivamente para PYMES:

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Para las Redes Empresariales, PIA Turismo puede representarse por un proyecto coordinado e integrado destinado a incrementar los flujos turísticos, incluidos los internacionales, ampliando el negocio de cada participante individual de la red, que se compromete a compartir una experiencia renovada, experiencial e integrada, también a través de la figura de Gerente Temporal.

La red en cuestión debe estar formada por al menos 5 empresas miembros de la red/consorcio.

No se podrán financiar proyectos que violen el principio de no causar daño significativo (DNSH).

Intervenciones elegibles - Programa de Desarrollo para la Protección Ambiental

Debe tratarse de una iniciativa empresarial destinada a proteger el medio ambiente, para cuya implementación son necesarios uno o más proyectos de protección ambiental y, eventualmente, proyectos de investigación, desarrollo e innovación, estrictamente relacionados y funcionales entre sí en relación con el medio ambiente. objetivo de protección del programa.

Facilitación

Los Programas Integrados de Facilitación del Turismo deben referirse a programas de inversión con un importe total de gastos y costes subvencionables comprendidos entre 5 millones de euros y 40 millones de euros. Los programas de inversión productiva deberán incluir gastos elegibles que no excedan el 90% del proyecto integrado.

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Intensidad de beneficios

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Gastos elegibles

costos de inversión en activos tangibles (capital fijo) y activos intangibles;

  • Costos salariales estimados del empleo creado como resultado de una inversión inicial, calculados en dos años, o una combinación de una parte de los costos en activos tangibles e intangibles, pero sin exceder el monto mencionado en activos tangibles e intangibles, cualquiera que sea mayor. . gastos relacionados con estudios preliminares de viabilidad dentro del límite del 1,5% del importe total de los gastos subvencionables;
  • compra de terrenos de la empresa y sus disposiciones dentro del límite del 10% del monto de la inversión productiva; para los sitios en estado de degradación y para los anteriormente destinados a uso industrial que incluyan edificaciones, este límite se incrementa al 15%;
  • los gastos de planificación y dirección de obras podrán financiarse hasta un límite del 6% de los gastos de albañilería y obras similares;
  • compra de maquinaria, sistemas, mobiliario y equipos diversos nuevos para la fábrica;
  • compra de patentes, licencias, know-how y conocimientos técnicos no patentados, nuevas tecnologías de productos y procesos productivos, por la parte en que se utilizan para la actividad desarrollada en la unidad productiva afectada por el programa.

Los beneficiarios de los beneficios relativos a la Inversión Productiva están obligados a realizar un aporte financiero equivalente al menos al 25% de los costos elegibles, ya sea mediante recursos propios o mediante financiamiento externo, en forma desprovista de cualquier tipo de apoyo público y están obligados a a la obligación de mantener los activos subvencionados en el inmovilizado del beneficiario durante al menos cinco años para las grandes empresas y tres años para las pymes a partir de la fecha de finalización de la inversión.

Proyectos de Innovación

Los servicios se referirán, entre otros, a la implementación de infraestructuras digitales, modelos de inteligencia artificial para el análisis de datos y la elaboración de perfiles de usuarios, servicios digitales para la innovación turística avanzada, desarrollo e implementación de sistemas avanzados de seguimiento de datos, satisfacción del cliente de los usuarios y necesidades específicas. incluyendo objetivos particulares (discapacitados, ancianos, sujetos frágiles) y/o objetivos específicos; servicios digitales para la contratación ampliada y la búsqueda de profesionales en el sector turístico; Seguridad informática de las transacciones y gestión de datos; aplicaciones de asistentes virtuales y chatbots, creación de herramientas digitales y servicios digitales multicanal funcionales a la "experiencia turística"

Gastos elegibles en Programas de Innovación

costos de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos intangibles;

  • costes de poner a disposición "personal altamente cualificado" por parte de una organización de investigación y difusión de conocimientos o de una gran empresa que lleve a cabo actividades de investigación, desarrollo e innovación;
  • costes de servicios de consultoría y apoyo a la innovación, incluidos los servicios prestados por organizaciones de investigación y difusión de conocimientos, infraestructuras de investigación, infraestructuras de ensayo y experimentación o centros de innovación.

 

Innovación de procesos y organizacional solo para Pymes

Dentro de estos programas, sólo son elegibles los costos de investigación contractual, habilidades y patentes adquiridas o bajo licencia de fuentes externas en condiciones normales de mercado, limitado a las PYME.

Intervenciones formativas

Los destinatarios de la formación sólo pueden ser empresarios que desempeñen funciones operativas dentro de la empresa y trabajadores con relaciones laborales de duración determinada y permanente, inscritos en el registro laboral único de la empresa y empleados en una unidad local ubicada en el territorio regional. Los aprendices y trabajadores con contratos de suministro están excluidos de las intervenciones elegibles.

Las actividades de formación elegibles deben ser realizadas de forma independiente por la empresa proponente o en colaboración con los organismos incluidos en la Lista Regional de organismos acreditados de conformidad con el artículo 25 LR n. 15/2002.

La empresa proponente podrá proponer un Plan de Formación en el que deberá participar un número mínimo de 5 empleados y cada acción formativa que compone el plan no podrá tener un número de participantes superior a n. 18 unidades, sin perjuicio de los límites de aforo para cada aula establecidos por la legislación vigente.

El Plan de Capacitación podrá incluir la presentación de los siguientes tipos de planes funcionales a las necesidades de capacitación relevantes al proyecto propuesto:

  • tipología a) planes de formación para la actualización de competencias profesionales;
  • tipología b) Planes de formación para la reconversión de los trabajadores de la empresa tras los cambios de funciones previstos en el art. 2103 código civil;
  • tipo c) planes de formación para la actualización y/o reciclaje profesional de los trabajadores de la empresa tras nuevas inversiones y/o nuevas instalaciones productivas y/o programas de reconversión productiva.

 

También se admite el uso de la modalidad de Aprendizaje a Distancia síncrono (FAD) dentro del límite máximo del 40% del número de horas previstas para cada acción formativa; en este caso, la empresa proponente deberá indicar la plataforma a utilizar y reconocer la idoneidad del soporte tecnológico y de contenidos.

Tipo de temas de formación (no exhaustivo)

  • procesos de innovación abiertos, organizacionales y tecnológicos;
  • digitalización de procesos;
  • gestión de la innovación;
  • internacionalización;
  • economía circular y sostenibilidad ambiental;
  • innovación impulsada por el diseño y ecodiseño.

 

No se concede ninguna ayuda a la formación organizada por empresas para cumplir la legislación nacional obligatoria en materia de formación.

Inversiones para la protección del medio ambiente

Los programas presentados podrán promover la elevación del nivel de protección ambiental mediante la implementación de inversiones dirigidas a:

  • aumentar la eficiencia de sistemas, plantas y dispositivos;
  • producir energía a partir de fuentes renovables.
    Las inversiones elegibles se refieren a:
  • medidas de eficiencia energética que no sean meras mejoras que las empresas deban aplicar para cumplir las normas de la Unión ya adoptadas, aunque aún no estén en vigor;
  • el fomento de la energía procedente de fuentes renovables.

 

Las inversiones destinadas a fomentar la producción de energía a partir de fuentes renovables, únicamente para el autoconsumo, se conceden exclusivamente a nuevas plantas. En el caso de las grandes empresas, actualmente no son subvencionables las inversiones en protección del medio ambiente; la Región de Apulia se reserva el derecho de activar su financiación en presencia de otros recursos distintos de los Fondos EIE.

Para todas las intervenciones relativas a la protección del medio ambiente que impliquen una cuota de producción eléctrica, se debe garantizar que ésta se produzca exclusivamente con fines de autoconsumo con carácter anual. La solicitud de acceso requiere que las intervenciones propuestas y los gastos relacionados sean objeto de un informe específico elaborado por un técnico cualificado que contenga información sobre el carácter orgánico de la intervención y su alcance innovador.

Programas de asesoramiento

La consultoría especializada es elegible exclusivamente para Pymes y redes/consorcios empresariales y es complementaria a los servicios de innovación y avance tecnológico de las empresas, también prestados a través de la figura del Gestor Temporal; dicha consultoría debe referirse a gastos de adquisición de servicios sobre problemas específicos directamente relacionados con el proyecto de inversión presentado, no debe ser de carácter continuo o periódico y no debe ser asegurable por la profesionalidad encontrada en el beneficiario. Los servicios deberán ser prestados por entidades organizadas y expertas en el sector específico de intervención solicitado en beneficio y sobre la base de contratos escritos con las entidades solicitantes del aporte. Los gastos subvencionables, entre otros, se refieren a: servicios reales para la implementación de nuevos modelos organizativos (no presentes en la empresa antes de la inversión), incluida la transformación en Sociedad de Beneficio y/o Empresa B, previendo también la figura de el Gerente Temporal (que tenga al menos tres años de experiencia en los servicios prestados) excluyendo la actividad ordinaria de consultoría legal, financiera y tributaria, servicios dirigidos a la reorganización de procesos de negocios mediante la introducción de nuevas soluciones de gestión, orientadas al aumento de la productividad y Desempeño económico;

  • desarrollo e implementación de una estrategia digital destinada a acompañar las opciones de inversión, mejorando las herramientas y recursos de la empresa, a partir de la determinación de necesidades y KPI específicos, involucrando a los usuarios y partes interesadas, identificando los activos digitales más adecuados para la transición;
  • la adquisición de servicios de consultoría para mejorar el posicionamiento competitivo de los sistemas productivos locales en materia de comercio electrónico y certificación en el ámbito de la igualdad de género, la igualdad de productos, el medio ambiente, la responsabilidad social y la ética;
  • la adquisición de servicios de consultoría para el desarrollo de plataformas dedicadas a la digitalización de procesos de check in/check out, procesamiento de reservas online, proyectos de diseño experiencial y de viajes, técnicas de Dynamic Packaging, desarrollo de proyectos digitales de itinerarios temáticos con socios locales y de personalización y seguimiento de la satisfacción del cliente, acciones encaminadas a difundir un turismo consciente y sostenible y a diversificar la oferta turística (por ejemplo mediante el uso de experiencias virtuales y el desarrollo de ecosistemas de servicios digitales centrados en la oferta turística territorial);
  • Servicios también prestados por un gestor turístico temporal que define las estrategias de implementación de servicios interoperables innovadores y que supervisa la organización de las funciones profesionales en relación con las necesidades empresariales identificadas.

 

Programas de Internacionalización

Entre los gastos de consultoría, se permiten, entre otros, los siguientes tipos específicos de gastos:

  • desarrollo de proyectos para el crecimiento competitivo de empresas en mercados extranjeros (por ejemplo, búsqueda de socios extranjeros, exploración de nuevos mercados, participación colectiva en eventos/ferias internacionales);
  • iniciativas para mejorar el acercamiento al mercado global (por ejemplo: digitalización de procesos de negocio, marketing digital, marketing web, adquisición de tecnologías que favorezcan el comercio electrónico y plataformas integradas para el trade marketing);
  • búsqueda de socios y/o inversores internacionales;
  • preparación de un plan de exportación digital y un plan de desarrollo en los mercados objetivo del proyecto (se excluyen los simples estudios de mercado) mediante el uso de un Gerente de Exportación Temporal (TEM) y/o un gerente de exportación digital;
  • diseño de campañas de marketing digital o escaparates digitales en idiomas extranjeros, promoción del sitio, incluido el seguimiento y la presentación de informes de resultados;
  • consultoría y asistencia técnica para la puesta en marcha y desarrollo de promoción y marketing en línea B2B y B2C (por ejemplo, consultoría y formación para el uso de plataformas/sistemas de pago inteligentes internacionales);
  • diseño de vídeos, catálogos, directorios, folletos y otros materiales (incluidos los digitales) escritos en idiomas distintos del italiano;
  • apoyo y asesoramiento de la empresa para permitir una presencia más amplia de paquetes turísticos y productos regionales de Puglia en plataformas y mercados de comercio electrónico internacionales;
  • integración de canales de marketing online para aumentar la visibilidad de la marca de la empresa en el exterior;
  • Análisis e investigación de mercados exteriores para la elaboración de estudios de viabilidad destinados a evaluar el potencial de la empresa con referencia a una o más líneas de servicios.

 

Gastos de participación en ferias

Las siguientes partidas de gasto son elegibles bajo este programa:

  • alquiler de áreas de exposición;
  • tasas de inscripción, tasas de servicios de seguros y otros cargos obligatorios previstos por el evento;
  • montaje y diseño de stands;
  • azafata e intérprete.

 

Presentación

A partir del 30 de abril de 2024.

¿A quién esta dirigido?

Pequeñas empresas, Medianas empresas, Grandes empresas, Consorcio, Pymes, Red empresarial

Facilitación

Financiación a tipo de interés favorable, Fondo de contribución/reembolsable

vencimiento

Hasta que se acaben los fondos

Apertura

30 de abril de 2024

Área geográfica

Puglia

Sector

Turismo, Cultura, Hotelería

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