ON – Nuevos negocios a interés cero 2024

Lo que necesitas saber

También para 2024 es posible presentar una solicitud para obtener las ayudas previstas por el incentivo ON - Oltre Nuevas empresas a interés cero.

Sujetos elegibles

Los beneficios están dirigidos a empresas integradas principalmente por jóvenes entre 18 y 35 años o mujeres de todas las edades, en todo el territorio nacional.

Las empresas deben:

  • Estar establecido por no más de 60 meses.
  • ser Pequeñas o Microempresas
  • constituirse en forma de sociedad
  • tener la estructura societaria compuesta, en más de la mitad del número de socios y cuotas de participación, por personas físicas entre 18 y 35 años o mujeres;

 

También pueden solicitar los beneficios las personas físicas que pretendan constituir una empresa.

No podrán acogerse a las ayudas las sociedades controladas por accionistas que controlen sociedades que hayan cesado, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, en una actividad similar a aquella a la que se refiere la solicitud de exención.

Intervenciones elegibles

Producción de bienes en los sectores de la industria, la artesanía y el procesamiento de productos agrícolas;

  • Prestación de servicios a empresas y particulares;
  • Comercio de bienes y servicios;
  • Turismo;
  • Actividades de carácter turístico-cultural y actividades vinculadas a la innovación social.

 

No son subvencionables las iniciativas de intervención relativas al sector pesquero y a la producción primaria de productos agrícolas y a la acuicultura.
Los programas de inversión deberán implementarse dentro de los 24 meses siguientes a la fecha de la firma del contrato de financiación.

Los programas de inversión deben iniciarse después de la presentación de la solicitud.

Alivio (empresas constituidas hace no más de 36 meses)

Financiación a tipo de interés cero para inversiones de hasta 1,5 millones de euros, con una duración máxima de 10 años y un importe no superior al 90% del gasto subvencionable. Una parte del préstamo anterior podrá concederse a fondo perdido hasta un máximo del 20% de los gastos destinados a bienes materiales e inmateriales.

Gastos elegibles (empresas establecidas por no más de 36 meses)

Son subvencionables todos los gastos necesarios a efectos del programa de inversiones en que incurra la empresa desde la fecha de presentación de la solicitud o desde la fecha de constitución de la empresa en el caso de que la solicitud sea presentada por personas físicas, con diversos porcentajes máximos en función sobre la tipología:

a. obras de albañilería y similares, incluidas las relativas a obras de renovación de la unidad productiva objeto de intervención, dentro del límite del 30% de la inversión subvencionable;

b. nueva maquinaria, sistemas y equipos diversos de fábrica, incluidos los necesarios para la prestación de servicios con la fórmula de economía colaborativa, siempre que sean estrictamente necesarios para la actividad cubierta por la iniciativa subvencionada, dimensionados para la producción real y identificables individualmente;

C. programas y servicios informáticos para tecnologías de la información y la comunicación (TIC), acordes con las necesidades de producción y gestión de la empresa, incluidos aquellos relacionados con tecnologías emergentes y aplicaciones de inteligencia artificial, blockchain e internet de las cosas;

d. compra de patentes o adquisición de licencias de usuario relacionadas;

Y. consultoría especializada, dentro del límite del 5% de la inversión subvencionable;

F. gastos relacionados con la estipulación del contrato de financiación subvencionada y gastos relacionados con la constitución de la empresa.

gramo. Capital de trabajo, dentro del límite del 20% de los gastos de inversión, justificado por el plan de negocios y utilizado para pagar los siguientes conceptos de gastos: 1) materias primas 2) servicios necesarios para el desarrollo de las actividades de la empresa; 3) disfrute de bienes de terceros.

Gastos subvencionables (empresas constituidas entre 36 meses y 60 meses)

Son subvencionables los programas de inversión dirigidos a la creación de nuevas unidades productivas o a la consolidación y desarrollo de actividades existentes mediante la expansión de la actividad, la diversificación de la producción mediante nuevos productos adicionales o la transformación radical del proceso productivo.

Son elegibles los gastos relacionados con la compra de activos tangibles e intangibles, tal como se definen en los artículos 2423 y siguientes del código civil, necesarios para los fines del programa, incurridos por la empresa después de la fecha de presentación del
pregunta y relacionada con:

a. limitar a las empresas que operan en el sector turístico, la compra del inmueble donde se ubica el negocio, hasta un máximo del 40% del total de la inversión subvencionable;

b. obras de albañilería y similares, incluidas las relativas a obras de renovación de la unidad productiva objeto de intervención, dentro del límite del 30% de la inversión total subvencionable;

C. nueva maquinaria, sistemas y equipos de fábrica, incluidos los necesarios para la prestación de servicios con la fórmula de economía colaborativa siempre que sean estrictamente necesarios para la actividad cubierta por la iniciativa subvencionada, dimensionados para la producción real y identificables individualmente;

d. programas informáticos, patentes, licencias y marcas y acordes con las necesidades de producción y gestión de la empresa.

Los gastos a que se refiere la carta. d, son elegibles siempre que:

a) son depreciables;

b) se utilicen exclusivamente en la unidad de producción cubierta por el programa de inversiones subvencionadas;

c) sean adquiridos en condiciones de mercado por terceros que no tengan relación con el comprador;

d) figurar en el patrimonio de la empresa beneficiaria durante al menos 3 años.

Alivio (empresas constituidas entre 36 meses y 60 meses)

Financiación a tipo de interés cero para inversiones de hasta 3 millones de euros, con una duración máxima de 10 años y un importe no superior al 90% del gasto subvencionable. Una parte del préstamo anterior podrá concederse a fondo perdido hasta un máximo del 15% de los activos materiales e intangibles únicamente.

Garantías

Para préstamos de hasta 250.000,00 € no se requieren garantías.

Los préstamos de importe superior a 250.000,00 euros deben gozar de un privilegio especial cuando puedan adquirirse en el ámbito de las inversiones subvencionadas y en función de la naturaleza del activo.

Si el programa de inversión subsidiada incluye también la compra del inmueble donde se encuentra el negocio, a partir de una hipoteca en primer grado sobre el mismo inmueble.

Acumulabilidad

Los beneficios podrán acumularse con otras ayudas estatales, incluidas las de minimis, dentro de los límites establecidos por la normativa europea sobre ayudas estatales de referencia.

Presentación

Procedimiento de evaluación sin receta, las solicitudes se pueden presentar hasta que se agoten los recursos disponibles.

Diseño de servicio

¿A quién esta dirigido?

Pequeñas empresas, Medianas empresas, Empresa - predominantemente femenina, Empresa por crear - Mujer, Pyme, Profesional

Facilitación

Financiación a tipo de interés favorable, Fondo de contribución/reembolsable

vencimiento

Hasta que se acaben los fondos

Apertura

Área geográfica

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio, Umbría, Valle de Aosta, Véneto

Sector

Turismo, Comercio, Manufactura, Servicios, Industria, Agroindustria, Artesanía, Artesanía artística

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