Cosas
La bonificación prevé la concesión y el desembolso de la aportación a que se refiere el artículo 1, apartado 353, de la ley n.º 30 de diciembre de 2021. 234, a favor de los operadores del comercio minorista y de los artesanos que inician, continúan o transfieren su negocio en un municipio con una población de hasta quinientos habitantes de las áreas internas, según lo identificado por los instrumentos de planificación de intervenciones en los territorios pertinentes, para la pago del impuesto municipal (IMU) por inmuebles ubicados en el Municipio, de propiedad y utilizados para el ejercicio de la actividad económica.
¿A quién esta dirigido?
La convocatoria está dirigida a microempresas
¿Qué predice?
Se requiere el pago del impuesto municipal (IMU) para los inmuebles ubicados en los Municipios antes mencionados, de propiedad y utilizados para el ejercicio de una actividad económica.