Ley 181/1989 – Reurbanización de la zona de crisis industrial de Gela

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FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Capital de riesgo, Préstamo/Anticipo reembolsable, Aportación/Fondo reembolsable

REGIONES

Sicilia

SECTOR

Agroalimentación, Moda y Textil, Química y Farmacia, Metalurgia, Electrónica, Mecánica, Vehículos de motor y otros medios de transporte, Mobiliario, Madera y Papel

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

30 de mayo de 2023
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NOTAS

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Cosas

En el marco del proyecto de reconversión y reurbanización industrial de la compleja zona de crisis industrial de Gela, aprobado, de conformidad con el art. 27 del decreto legislativo de 22 de junio de 2012, n. 83, con Acuerdo de Programa firmado el 23 de octubre de 2018 entre el Ministerio de Desarrollo Económico, la Agencia Nacional de Políticas Activas de Trabajo - ANPAL, el Ministerio de Medio Ambiente y Protección de la Tierra y el Mar, el Ministerio de Infraestructura y Transporte, la Región de Sicilia, Consorcio Municipal Libero de Caltanissetta, Municipio de Gela, Invitalia - Agencia Nacional para la atracción de inversiones y el desarrollo empresarial Spa, el incentivo tiene como objetivo relanzar las actividades empresariales, salvaguardar los niveles de empleo, apoyar la inversión y el desarrollo empresarial en el territorio de los Municipios pertenecientes a la compleja zona de crisis industrial de Gela. Con escritura complementaria de 7 de septiembre de 2022, inscrita en el Tribunal de Cuentas el 22 de noviembre de 2022 con el núm. 1170, la duración del Acuerdo de Programa se prorroga por 36 meses hasta el 23 de octubre de 2024.

¿A quién esta dirigido?

Las empresas ya constituidas en forma de sociedades anónimas pueden solicitar la exención; También podrán solicitar la ayuda las sociedades cooperativas a que se refiere el art. 2511 y siguientes del código civil y las sociedades consorciadas a que se refiere el art. 2615-ter del código civil. También se permiten redes empresariales compuestas por un mínimo de 3 y un máximo de 6 empresas, mediante el uso del instrumento de contrato de red a que se refiere el artículo 3, apartado 4-ter, del Decreto Legislativo de 10 de febrero de 2009, n. 5, transformado, con modificaciones, por ley de 9 de abril de 2009, n. 33, y posteriores modificaciones y adiciones.

¿Qué predice?

El incentivo promueve la creación de una o más iniciativas empresariales en el territorio de los municipios incluidos en la zona de crisis industrial de Gela, destinadas a fortalecer el tejido productivo local y atraer nuevas inversiones. En particular, las iniciativas empresariales deben: a. prever la implementación de programas de inversión productiva y/o programas de inversión para la protección del medio ambiente, posiblemente completados por proyectos de innovación organizacional y/o de innovación de procesos, proyectos de investigación y/o desarrollo experimental y por proyectos de capacitación de personal; b. tener como resultado el mantenimiento o aumento de los empleados de la unidad de producción cubierta por el programa de inversiones. Los beneficios se conceden en forma de contribución a las instalaciones, cualquier contribución directa a los gastos y financiación subvencionada, en las condiciones y dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento (UE) n. 651/2014 (“Reglamento GBER”). La financiación subvencionada que se puede conceder no puede ser inferior al 20% de las inversiones subvencionables. La contribución a la cuenta de la planta y cualquier contribución directa a los gastos se determinan en relación con el importe del préstamo subvencionado, dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento RGEC.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión, Crisis empresarial

Formulario – Facilitación

Capital de riesgo, Préstamo/Anticipo reembolsable, Aportación/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Costos de personal, Capacitación profesional, Gastos generales/otros cargos, Servicios, patentes y licencias, Planta/Maquinaria/Equipo, Edificios y terrenos
tipo de tema
Empresa, Cooperativas/Asociaciones sin fines de lucro, Red empresarial, Consorcio

Dimensión

Grandes empresas, medianas empresas, pequeñas empresas

Sector de actividad

Agroalimentación, Moda y Textil, Química y Farmacia, Metalurgia, Electrónica, Mecánica, Vehículos de motor y otros medios de transporte, Mobiliario, Madera y Papel

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda

Regiones

Sicilia

Municipios

Gela, Niscemi, Mazzarino, San Cono, Acate, Vittoria, Caltagirone, Mirabella Imbaccari, San Michele di Ganzaria, Butera, Riesi, Caltanissetta, Delia, Marianopoli, Montedoro, San Cataldo, Santa Caterina Villarmosa, Serradifalco, Sommatino, Aidone, Barrafranca, Plaza Armerina, Pietraperzia.

Ámbito territorial especial

No aplica

Otras características

Industria - Apoyo a las empresas - Empleo - Crisis industriales

Entidad gestora

Invitalia - Agencia nacional de atracción de inversiones y desarrollo empresarial SpA

Base regulatoria primaria

Decreto Ministerial de 24 de marzo de 2022 - Términos, métodos y procedimientos para la presentación de solicitudes de acceso a beneficios a favor de programas de inversión destinados a la reurbanización de áreas industriales en crisis a que se refiere la ley n. 181/89

Medida de implementación

Circular Directoral núm. 0001011 de 28 de marzo de 2023

Asignación de incentivos

21924101 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/incentivi/gela-area-di-crisi-industriale-2023

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