Cosas
En el marco del proyecto de reconversión industrial y reurbanización de la compleja zona de crisis industrial del distrito de cuero y calzado de Fermo-Maceratese, aprobado, de conformidad con el art. 27 del decreto legislativo de 22 de junio de 2012, n. 83, con Acuerdo de Programa firmado el 22 de julio de 2020 entre el Ministerio de Empresa y Made in Italy, la Agencia Nacional para las Políticas Activas de Trabajo - ANPAL, el Ministerio de Infraestructuras y Transportes, la Región de Las Marcas, la Provincia de Macerata, la Provincia de Fermo y la Agencia nacional para la atracción de inversiones y desarrollo empresarial Spa - Invitalia, el incentivo tiene como objetivo relanzar las actividades empresariales, salvaguardar los niveles de empleo, apoyar programas de inversión y desarrollo empresarial en el territorio de los Municipios pertenecientes a la compleja zona de crisis industrial de la Distrito de cuero y calzado de Fermano-Maceratese.
¿A quién esta dirigido?
Las empresas ya constituidas en forma de sociedades anónimas pueden solicitar la exención; También podrán solicitar la ayuda las sociedades cooperativas a que se refiere el art. 2511 y siguientes del código civil y las sociedades consorciadas a que se refiere el art. 2615-ter del código civil. También se permiten redes empresariales compuestas por un mínimo de 3 y un máximo de 6 empresas, mediante el uso del instrumento de contrato de red a que se refiere el artículo 3, apartado 4-ter, del Decreto Legislativo de 10 de febrero de 2009, n. 5, transformado, con modificaciones, por ley de 9 de abril de 2009, n. 33, y posteriores modificaciones y adiciones.
¿Qué predice?
El incentivo promueve la creación de una o más iniciativas empresariales en el territorio de los Municipios incluidos en la zona de crisis industrial del Distrito Cuero-Calzado Fermano-Maceratese, destinadas a fortalecer el tejido productivo local y atraer nuevas inversiones. En particular, las iniciativas empresariales deben: a. prever la implementación de programas de inversión productiva y/o programas de inversión para la protección del medio ambiente, posiblemente completados por proyectos de innovación organizacional y/o de innovación de procesos, proyectos de investigación y/o desarrollo experimental y por proyectos de capacitación de personal; b. conducir al mantenimiento o al aumento de los empleados de la unidad de producción cubierta por el programa de inversiones. Los beneficios se conceden en forma de contribución a las instalaciones, cualquier contribución directa a los gastos y financiación subvencionada, en las condiciones y dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento (UE) n. 651/2014 (“Reglamento GBER”). La financiación subvencionada que se puede conceder no puede ser inferior al 20% de las inversiones subvencionables. La contribución a la cuenta de la planta y cualquier contribución directa a los gastos se determinan en relación con el importe del préstamo subvencionado, dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento RGEC.