Ley 181/1989 – Reurbanización de la compleja zona de crisis industrial del distrito del cuero y calzado de Fermano-Maceratese

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FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Capital de riesgo, Préstamo/Anticipo reembolsable, Aportación/Fondo reembolsable

REGIONES

Marcas

SECTOR

Agroalimentación, Moda y Textil, Química y Farmacia, Metalurgia, Electrónica, Mecánica, Vehículos de motor y otros medios de transporte, Mobiliario, Madera y Papel

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

8 de junio de 2023
20 de julio de 2023

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

En el marco del proyecto de reconversión industrial y reurbanización de la compleja zona de crisis industrial del distrito de cuero y calzado de Fermo-Maceratese, aprobado, de conformidad con el art. 27 del decreto legislativo de 22 de junio de 2012, n. 83, con Acuerdo de Programa firmado el 22 de julio de 2020 entre el Ministerio de Empresa y Made in Italy, la Agencia Nacional para las Políticas Activas de Trabajo - ANPAL, el Ministerio de Infraestructuras y Transportes, la Región de Las Marcas, la Provincia de Macerata, la Provincia de Fermo y la Agencia nacional para la atracción de inversiones y desarrollo empresarial Spa - Invitalia, el incentivo tiene como objetivo relanzar las actividades empresariales, salvaguardar los niveles de empleo, apoyar programas de inversión y desarrollo empresarial en el territorio de los Municipios pertenecientes a la compleja zona de crisis industrial de la Distrito de cuero y calzado de Fermano-Maceratese.

¿A quién esta dirigido?

Las empresas ya constituidas en forma de sociedades anónimas pueden solicitar la exención; También podrán solicitar la ayuda las sociedades cooperativas a que se refiere el art. 2511 y siguientes del código civil y las sociedades consorciadas a que se refiere el art. 2615-ter del código civil. También se permiten redes empresariales compuestas por un mínimo de 3 y un máximo de 6 empresas, mediante el uso del instrumento de contrato de red a que se refiere el artículo 3, apartado 4-ter, del Decreto Legislativo de 10 de febrero de 2009, n. 5, transformado, con modificaciones, por ley de 9 de abril de 2009, n. 33, y posteriores modificaciones y adiciones.

¿Qué predice?

El incentivo promueve la creación de una o más iniciativas empresariales en el territorio de los Municipios incluidos en la zona de crisis industrial del Distrito Cuero-Calzado Fermano-Maceratese, destinadas a fortalecer el tejido productivo local y atraer nuevas inversiones. En particular, las iniciativas empresariales deben: a. prever la implementación de programas de inversión productiva y/o programas de inversión para la protección del medio ambiente, posiblemente completados por proyectos de innovación organizacional y/o de innovación de procesos, proyectos de investigación y/o desarrollo experimental y por proyectos de capacitación de personal; b. conducir al mantenimiento o al aumento de los empleados de la unidad de producción cubierta por el programa de inversiones. Los beneficios se conceden en forma de contribución a las instalaciones, cualquier contribución directa a los gastos y financiación subvencionada, en las condiciones y dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento (UE) n. 651/2014 (“Reglamento GBER”). La financiación subvencionada que se puede conceder no puede ser inferior al 20% de las inversiones subvencionables. La contribución a la cuenta de la planta y cualquier contribución directa a los gastos se determinan en relación con el importe del préstamo subvencionado, dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento RGEC.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión, Crisis empresarial

Formulario – Facilitación

Capital de riesgo, Préstamo/Anticipo reembolsable, Aportación/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Costos de personal, Capacitación profesional, Gastos generales/otros cargos, Servicios, patentes y licencias, Planta/Maquinaria/Equipo, Edificios y terrenos
tipo de tema
Empresa, Cooperativas/Asociaciones sin fines de lucro, Red empresarial, Consorcio

Dimensión

Grandes empresas, medianas empresas, pequeñas empresas

Sector de actividad

Agroalimentación, Moda y Textil, Química y Farmacia, Metalurgia, Electrónica, Mecánica, Vehículos de motor y otros medios de transporte, Mobiliario, Madera y Papel

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda

Regiones

Marcas

Municipios

Tolentino, Corridonia, Carassai, Altidona, Campofilone, Fermo, Lapedona, Monterubbiano, Monte Urano, Monte Vidon Combatte, Moresco, Pedaso, Petritoli, Porto San Giorgio, Monte San Martino, Penna San Giovanni, Belmonte Piceno, Falerone, Francavilla d'Ete , Grottazzolina, Magliano di Tenna, Massa Fermana, Monsampietro Morico, Montappone, Monte Giberto, Montegiorgio, Monteleone di Fermo, Monte San Pietrangeli, Monte Vidon Corrado, Montottone, Ponzano di Fermo, Rapagnano, Servigliano, Torre San Patrizio, Monte San Giusto, Montegranaro, Porto Sant'Elpidio, Sant'Elpidio a Mare, Civitanova Marche, Montecosaro, Morrovalle, Potenza Picena.

Ámbito territorial especial

No aplica

Otras características

Industria - Apoyo a las empresas - Empleo - Crisis industriales

Entidad gestora

Invitalia - Agencia nacional de atracción de inversiones y desarrollo empresarial SpA

Base regulatoria primaria

Decreto Ministerial de 24 de marzo de 2022 - Términos, métodos y procedimientos para la presentación de solicitudes de acceso a beneficios a favor de programas de inversión destinados a la reurbanización de áreas industriales en crisis a que se refiere la ley n. 181/89

Medida de implementación

Circular Directoral núm. 1488 del 08/05/2023

Asignación de incentivos

7284774,05 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/incentivi/distretto-pelli-e-calzature-fermano-maceratese-2023

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