Intervenciones para fomentar el establecimiento y la permanencia de actividades económicas en las zonas de montaña solicitudes para 2024 - Provincia Autónoma de Trento

4 de abril de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Trentino-Alto Adigio/Südtirol

SECTOR

Comercio, Restauración

GASTO PERMITIDO

0 €

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

16 de febrero de 2024
29 de marzo de 2024

NOTAS

Sin notas adicionales
Compartir hoja informativa

Cosas

El incentivo económico anual forma parte de las intervenciones para el establecimiento y la permanencia destinadas a empresas ubicadas en zonas periféricas y desfavorecidas de Trentino, que ofrecen, además de los servicios comerciales, otros servicios públicos para la población residente que de otro modo no estarían disponibles. Para más información:https://www.provincia.tn.it/Servizi/Multiservizi-interventi-per-l-editorehttps://www.provincia.tn.it/Servizi/Multiservizi-contributi-per-la-permanenza Reglamento : - Resolución del Consejo Provincial n. 159/2024. 

¿A quién esta dirigido?

El incentivo está destinado a empresas minoristas que venden alimentos y artículos de primera necesidad o servicios públicos que, además de su actividad principal, también prestan los servicios auxiliares previstos por la normativa pertinente (las denominadas actividades multiservicio) útiles para la población local, en las localidades. en caso contrario sin servicios comerciales del mismo tipo. Pueden postularse las empresas que cumplan los siguientes requisitos: - estar inscritas en el Registro Mercantil de Trento; - tener su domicilio social y/o unidad operativa local en el territorio provincial; - no tener un procedimiento de insolvencia en curso; el ejercicio económico referido al último ejercicio cerrado en la fecha de presentación de la solicitud no debe exceder de 591.560,00 euros - la UTA (Unidades de Trabajo Anual) no debe exceder de 2,5 excluidos los propietarios, los colaboradores familiares y los aprendices; - las ventas y/o la administración; superficie entre 50 y 300 m2 - el horario de apertura diario de al menos 3 horas durante al menos 6 días a la semana, o 5 días, de los cuales al menos uno debe permanecer abierto tanto por la mañana como por la tarde para un total de al menos; al menos 6 horas divididas entre la mañana y la tarde - no disponer de máquinas tragamonedas según el art. 110, apartado 6, del RD 773/1931 y LP 13/2015; - estar ubicados fuera de lugares comerciales históricos. La localidad en la que esté situada la empresa deberá entonces cumplir los siguientes requisitos: - tener un mínimo de 100 habitantes - sin otras empresas del mismo tipo - estar a una distancia mínima de 3 km por carretera de cualquier otra empresa del mismo tipo, excepto en el; caso, previamente certificado del municipio competente, en el que el otro establecimiento comercial del mismo tipo esté situado a menos de 3 km, pero en un lugar aislado con respecto al centro de la ciudad - altitud de al menos 500 m, sin perjuicio de; situaciones específicas y justificadas de aislamiento o periferia, previamente certificadas por el municipio competente. 

¿Qué predice?

El incentivo prevé una bonificación única de liquidación de 29.000,00 euros y un incentivo anual de hasta 20.000,00 euros por cada unidad operativa local que realice al menos dos actividades adicionales (multiservicios) entre las siguientes en las localidades con los requisitos establecidos por la regulaciones:- servicios prestados en convenio con organismos públicos;- servicio de asistencia gratuito para la reserva telefónica o en línea de visitas médicas especializadas en beneficio de los solicitantes;- servicio gratuito de impresión de informes médicos y asistencia para acceder a los registros médicos del ciudadano "Tres C" para el beneficio de los solicitantes - servicio de punto de entrega gratuito para medicamentos enviados en sobre certificado desde farmacias que operan en centros vecinos - servicio de centro gratuito para la recogida y posterior envío de correspondencia en centros habitados sin servicio postal, previo acuerdo específico con el administrador de servicios postales; - servicios de pago (impuestos sobre vehículos, boletines, etc.); - servicio gratuito de entrega de compras a domicilio en el lugar donde opera la unidad operativa local del negocio comercial; - servicio de cajero automático - venta de productos frescos y/o congelados; carnes en conserva, preparadas y envasadas; - servicio gratuito de acceso a Internet a través de una red Wi-Fi que puede utilizarse con periféricos de propiedad del usuario; - servicio gratuito de punto de recogida de paquetes en presencia de personal especializado; al menos dos de los principales operadores de telefonía móvil; - reventa de periódicos y revistas; - servicio gratuito de navegación por Internet y acceso al correo electrónico a través de un ordenador, servicio gratuito de telefax y fotocopias abiertas al público; - venta de al menos diez referencias; de productos orgánicos y/o celíacos; - venta de al menos diez referencias de productos trentinos y/o de comercio justo; - servicio de alquiler de bicicletas (eléctricas y/o musculares); - servicio gratuito de carga de baterías para bicicletas eléctricas.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la liquidez

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

6000 €

Beneficio máximo otorgable

29000 €
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Inclasificable/clasificada, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Comercio, Restauración

ATECO

47.11; 56.30;

Regiones

Trentino-Alto Adigio/Südtirol

Otras características

multiservicios zonas de montaña permanencia de asentamientos actividades económicas SIEG comercio minorista de productos alimenticios y de primera necesidad empresas públicas servicios de interés económico general bar

Entidad gestora

Provincia autónoma de Trento

Base regulatoria primaria

PAT-LP 17/2010 Disciplina de la actividad comercial
Base regulatoria secundaria
Adaptación de los criterios y métodos de concesión de las aportaciones conforme al art.61, c.2, letra. a), y c.3 (intervenciones para fomentar el establecimiento y la permanencia de actividades económicas en las zonas de montaña) - realizadas por la Resolución del Consejo Provincial n° 1958/22, modificada por la resolución n° 365/23 - de la LP n°. . 17/10 de los Reglamentos (UE) 2023/2831 (de minimis) y (UE) 2023/2832 (SIEG de minimis)

Medida de implementación

PAT-LP 17/2010 Disciplina de la actividad comercial

Asignación de incentivos

4300000 €

Sitio de referencia

https://www.provincia.tn.it/content/search?SearchText=multiservizi

¿Es este el anuncio adecuado para usted?

Averigüemos juntos, complete el formulario y solicite una consulta gratuita