Intervenciones de reurbanización destinadas a grandes zonas industriales en crisis de conformidad con la Ley 181/89

22 de noviembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Capital de riesgo, Aportación/Fondo reembolsable, Préstamo/Anticipo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Agroalimentario, Vehículos y otros medios de transporte, Química y Farmacéutica, Electrónica, Mecánica, Metalurgia, Mobiliario, Madera y Papel, Moda y Textil

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

14 de julio de 2022
31 de diciembre de 2023

NOTAS

Sin notas adicionales

Cosas

La intervención prevista en la ley de 15 de mayo de 1989, n. 181 tiene como objetivo relanzar las actividades industriales, salvaguardar los niveles de empleo, apoyar programas de inversión y desarrollo empresarial en zonas afectadas por crisis industriales y sectoriales. La reforma de la disciplina de las intervenciones de reindustrialización en zonas de crisis, a que se refiere el art. 27 del decreto legislativo de 22 de junio de 2012, n. 83, preveía la aplicación del régimen de ayudas a que se refiere la ley núm. 181/1989 tanto en zonas de crisis complejas como en situaciones de crisis industriales distintas de las complejas que, sin embargo, tienen un impacto significativo en el desarrollo de los territorios afectados y en el empleo. En este segundo caso estamos hablando de áreas de crisis no complejas.

¿A quién esta dirigido?

Pueden beneficiarse de los beneficios las empresas constituidas en forma de sociedades anónimas, sociedades cooperativas y sociedades en consorcio. Las redes empresariales también pueden beneficiarse del instrumento de contrato de red.

¿Qué predice?

Son elegibles para beneficios de personal las iniciativas que: – impliquen la implementación de programas de inversión productiva y/o programas de inversión para la protección del medio ambiente, posiblemente completados por proyectos de innovación de procesos y de innovación organizacional y de capacitación, con gastos totales elegibles no menores a 1. millones de euros; los programas de inversión con gastos subvencionables superiores a 5 millones de euros podrán completarse mediante proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental; en el caso de un programa de inversión presentado en forma de contrato de red, los programas de inversión individuales de las empresas participantes en la red deberán prever gastos totales subvencionables no inferiores a 400.000,00 euros; – dar lugar a un aumento del número de empleados de la unidad de producción cubierta por el programa de inversiones. Los beneficios se conceden en forma de contribución a las instalaciones, cualquier contribución directa al gasto y/o formación y financiación subvencionada, en las condiciones y dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento (UE) n. 651/2014 (“Reglamento GBER”). La financiación subvencionada que se podrá conceder no podrá ser inferior al 20 por ciento de las inversiones subvencionables. La contribución a la cuenta de la instalación y cualquier contribución directa al gasto se determinan en relación con el importe del préstamo subvencionado. Su importe global máximo se determina, en relación con el importe del préstamo subvencionado, dentro de los límites de las intensidades máximas de ayuda previstas por el Reglamento RGEC.

Objetivo – Propósito

Crisis empresarial, Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Capital de riesgo, Aportación/Fondo reembolsable, Préstamo/Anticipo reembolsable

Gasto mínimo permitido

--

Gasto máximo permitido

--

Costos permitidos

Costos de personal, Edificios y terrenos, Capacitación profesional, Planta/Maquinaria/Equipo, Servicios, patentes y licencias, Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

--

Beneficio máximo otorgable

--
tipo de tema
Consorcio, Cooperativas/Asociaciones sin fines de lucro, Empresa, Red de negocios

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Agroalimentario, Vehículos y otros medios de transporte, Química y Farmacéutica, Electrónica, Mecánica, Metalurgia, Mobiliario, Madera y Papel, Moda y Textil

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Municipios

--

Ámbito territorial especial

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Otras características

Industria, Apoyo a las empresas, Empleo, Crisis industriales

Entidad gestora

Invitalia - Agencia nacional de atracción de inversiones y desarrollo empresarial SpA

Base regulatoria primaria

Términos, métodos y procedimientos para la presentación de solicitudes de acceso a beneficios a favor de programas de inversión destinados a la reurbanización de áreas industriales en crisis a que se refiere la ley n° 181/89.
Base regulatoria secundaria
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Medida de implementación

Términos, métodos y procedimientos para la presentación de solicitudes de acceso a beneficios a favor de programas de inversión destinados a la reurbanización de áreas industriales en crisis a que se refiere la ley n° 181/89.

Referencias Diario Oficial

104 del 05/05/2022

Asignación de incentivos

100000000 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/incentivi/interventi-di-reindustrialazione-delle-areas-di-crisi

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