Intervenciones de adaptación a DVBT2

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FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Cerdeña, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Valle de Aosta/Vallée d'Aoste, Véneto, Sicilia, Toscana, Apulia, Umbría

SECTOR

Otros servicios

GASTO PERMITIDO

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ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

31 de enero de 2023
2 de marzo de 2023

NOTAS

Sin notas adicionales

Cosas

El decreto establece los métodos y procedimientos operativos para la implementación de las intervenciones necesarias para la adaptación de los sistemas de transmisión al nuevo estándar DVB-T2 e identifica a los beneficiarios y los métodos de provisión de las medidas económicas para compensar los costos incurridos por la adaptación de los sistemas de transmisión al nuevo estándar DVB-T2, necesaria para garantizar la continuidad del uso de los programas de televisión por parte de la población residente en zonas en las que las intervenciones infraestructurales para la recepción de la señal de televisión no son económicamente sostenibles y que no entran en el ámbito de aplicación las zonas de coordinación internacional.

¿A quién esta dirigido?

Municipios, comunidades de montaña u otras autoridades locales o consorcios de autoridades locales que tengan autorización en virtud del art. 27 Decreto Legislativo 8 de noviembre de 2021 n. 208

¿Qué predice?

Disposición de medidas económicas compensatorias para la adaptación de los sistemas de transmisión de televisión, dentro del límite de la dotación disponible para compensar el 80% de los gastos y, en cualquier caso, por un importe no superior a 10.000 euros, previa presentación de los gastos documentados que se consideren subvencionables. en base a la presentación de facturas recibidas.

Objetivo – Propósito

Digitalización

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto mínimo permitido

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Gasto máximo permitido

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Costos permitidos

Planta/Maquinaria/Equipo

Concesión mínima que se puede otorgar

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Beneficio máximo otorgable

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tipo de tema
Autoridad pública

Dimensión

No clasificable/clasificado

Sector de actividad

Otros servicios

ATECO

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Regiones

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Cerdeña, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Valle de Aosta/Vallée d'Aoste, Véneto, Sicilia, Toscana, Apulia, Umbría

Municipios

Todos los municipios

Ámbito territorial especial

No aplica

Otras características

DVBT2. televisión, digital terrestre, adaptación de sistemas, comunidades de montaña

Entidad gestora

Ministerio de Empresa y Made in Italy

Base regulatoria primaria

ARTE. 28 PÁRRAFO 1 DECRETO LEY 9 DE AGOSTO DE 2022 N. 115
Base regulatoria secundaria
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Medida de implementación

DECRETO INTERMINISTERIAL MIMIT-MEF 13/12/2022

Referencias Diario Oficial

GU 1 FEBRERO 2023 N. 26

Asignación de incentivos

2500000 €

Sitio de referencia

https://www.mise.gov.it/it/incentivi/interventi-di-adeguamento-al-dvbt2

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