Incentivos para empresas del sector textil del distrito industrial de Prato - Licitación de eficiencia energética

13 de diciembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo Reembolsable, Contribución/Fondo Reembolsable

REGIONES

toscana

SECTOR

Moda y Textiles

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

4 de abril de 2023
5 de junio de 2023

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

Ley de 30 de diciembre de 2021, n. 234, que contiene "Previsión del presupuesto del Estado para el ejercicio 2022 y presupuesto plurianual para el trienio 2022-2024", teniendo en cuenta el impacto significativo vinculado a la emergencia epidemiológica del COVID-19 y las necesidades de protección y relanzamiento. la cadena productiva del distrito industrial de Prato, atribuyó al Ayuntamiento de Prato una contribución extraordinaria de 10 millones de euros para el apoyo económico de las empresas del sector textil del distrito industrial de Prato - tal como lo identificó la Región de Toscana mediante resolución del 21 de febrero de 2000, norte. 69 – para estudios colectivos, investigaciones y proyectos de cadena de suministro. Mediante decreto adoptado el 5 de agosto de 2022 por el Ministro de Desarrollo Económico, de acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas, se definieron los métodos de desembolso del aporte, los criterios para la selección de programas y actividades financiables, los gastos elegibles así como los métodos. Verificación, control y declaración de los gastos incurridos con cargo al mismo aporte. De conformidad con el art. 3 del Decreto la asignación financiera a que se refiere la Ley núm. 234/2021 se divide de la siguiente manera: -8 millones de euros para aportaciones directas a las empresas, que se asignarán mediante licitaciones específicas; -2 millones de euros para la ejecución de proyectos de sistemas de interés para el distrito. El Ayuntamiento de Prato ha identificado a la Cámara de Comercio de Pistoia-Prato como entidad gestora de los concursos públicos para la concesión de contribuciones a las empresas a que se refiere el Decreto antes mencionado. Con aviso aprobado por Resolución de la Cámara de Comercio n. 027/23, de 8 de marzo de 2023, se definen las condiciones y modalidades de presentación de las solicitudes de subvención, así como otros elementos útiles para la correcta ejecución de la intervención, con referencia a un primer tramo de prestaciones por un importe máximo de 4.000.000,00 € (cuatro millones) destinados a mejorar la sostenibilidad socioambiental de la producción.

¿A quién esta dirigido?

Empresas que operan en el sector textil que forman parte del distrito industrial de Prato.

¿Qué predice?

La subvención promueve la implementación de proyectos de inversión destinados a aumentar la eficiencia energética de los procesos productivos y/o reducir los costos de suministro de energía que incluyan una o más de las intervenciones que se indican a continuación: a) mejora de la eficiencia energética del proceso productivo así como de los sistemas auxiliares a la actividad productiva; b) instalación, únicamente con fines de autoconsumo, de sistemas de fuentes renovables, incluidos sistemas de acumulación y almacenamiento; c) instalación de sistemas de cogeneración – trigeneración – producción auxiliar; d) instalación de sistemas de gestión y monitoreo de energía; e) modernización de subestaciones eléctricas e instalación de sistemas de alimentación ininterrumpida; Intervenciones de corrección del factor de potencia e instalación de sistemas de estabilización de tensión (calidad de energía). Los beneficios, en forma de aportación no reembolsable, se conceden por un importe no superior al 70% de los gastos subvencionables en relación con el tamaño de la empresa (micropequeña empresa 70%, mediana empresa 60%, gran empresa 50% %). Los beneficios se otorgan de conformidad y de conformidad con el Reglamento del 18 de diciembre de 2013, n. 1407/2013/UE, relativa a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas "de minimis" y modificaciones posteriores.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo Reembolsable, Contribución/Fondo Reembolsable

Costos permitidos

Costos de personal, Edificios y terrenos, Capacitación profesional, Planta/Maquinaria/Equipo, Materias primas, consumibles y bienes, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Moda y Textiles

ATECO

13.00; 13.10; 13.20; 13.30; 13.90; 13.91; 13.92; 13.93; 13.94; 13.95; 13.96; 13.99;

Regiones

toscana

Municipios

Agliana; Calenzano; campos de Bisencio; Cantagallo; Carmignano; Montale; Montemurlo; Poggio a Caiano; Césped; Cuarrata; Vaiano; vernio

Otras características

Sostenibilidad socioambiental de la producción, césped.

Entidad gestora

Cámara de Comercio de Pistoia - Prato

Base regulatoria primaria

Ley de 30 de diciembre de 2021, n. 234 (la llamada "Ley de Presupuesto para el año 2022")

Medida de implementación

Medida de apoyo a las empresas del sector textil del distrito industrial de Prato

Asignación de incentivos

4000000 €

Sitio de referencia

https://www.ptpo.camcom.it/servizi/contributi/distretto-ficientamento/ficientamento-energetico.php

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