Cosas
Se trata de una aportación a favor del empresario que activa contratos solidarios defensivos u otros convenios colectivos de empresa que establezcan una reducción de jornada, con el fin de favorecer el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas empleadas en empresas en situación de crisis. Quedan excluidos los empleadores que se beneficien del aporte provincial extraordinario para proyectos de reorganización empresarial encaminados a estabilizar los niveles de empleo conforme a la LP núm. 2 de 2009, art. 2 párrafo 3.
¿A quién esta dirigido?
Al empresario que active contratos solidarios defensivos u otros convenios colectivos de empresa que establezcan una reducción de jornada, con el fin de favorecer el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas empleadas en empresas en situación de crisis.
¿Qué predice?
La concesión de una cotización anual, con una duración máxima de dos años, se cuantifica en función del número de puestos de trabajo y del alcance de la reducción de jornada con respecto a la cantidad de personal declarado despedido y se calcula como el menor de los valores resultantes de la aplicación del siguiente método de cálculo: - 2 mil euros anuales por cada puesto de trabajo (reproporcionado en el caso de tiempo parcial) retenido con la activación de contratos de solidaridad defensiva u otros convenios colectivos de empresa que establezcan una reducción del jornada de trabajo; - 2 mil euros anuales por cada empleado (proporcionado en caso de jornada parcial) involucrado en contratos de solidaridad defensiva u otros convenios colectivos de empresa que establezcan una reducción de jornada y en relación con la reducción media de jornada. El otorgamiento de la aportación está sujeto a la autorización por los órganos competentes de los contratos de solidaridad defensiva o convenios colectivos de empresa. En caso de despido durante el período de vigencia del convenio, la cotización se reduce proporcionalmente.