¿Qué es? Garantías facilitadas para pequeñas y medianas empresas y profesionales mediante fondos de garantía públicos gestionados por Confidi. Los recursos se asignan a estos últimos contra la ejecución, alternativamente, de las siguientes actividades: – operaciones de fusión por unión y agregación, o fusión por constitución, – proyectos de digitalización, que implican la implementación de proyectos de innovación tecnológica aplicada a los servicios financieros, – gestión proyectos de eficiencia y mejora de procesos en el marco de los sistemas de calificación, certificación de calidad y desarrollo de redes de distribución. Los recursos se asignan previa presentación de solicitudes presentadas por los consorcios. Gestión de recursos: con los recursos asignados, los consorcios crean fondos de riesgo específicos y diferenciados que se utilizarán para conceder nuevas garantías subvencionadas a pequeñas y medianas empresas y profesionales en las condiciones y plazos establecidos por el decreto de 7 de abril de 2021. La concesión de garantías finalizará con el agotamiento de los propios recursos y, en todo caso, a más tardar el 31 de diciembre del decimoquinto año siguiente a la cesión. El decreto del Director General de Incentivos Empresariales de 23 de agosto de 2022 define las modalidades y condiciones de presentación de las solicitudes de acceso a la contribución y proporciona aclaraciones para la ejecución de la intervención prevista por el decreto del Ministro de Desarrollo Económico, de acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas de 7 de abril de 2021. Con aviso de 22 de noviembre de 2022, tras el agotamiento de los recursos disponibles, se cierra la oficina de presentación de solicitudes de admisión a la contribución pública de conformidad con el decreto del Ministro de Desarrollo Económico. , de acuerdo con el Ministro de Economía y Hacienda de 7 de abril de 2021.
¿A quién esta dirigido?
Los beneficiarios de la intervención son pymes y profesionales que operan en todo el territorio nacional y en todos los sectores económicos. Para acceder a las garantías públicas, las PYME deben: – estar inscritas en el registro mercantil, - estar clasificadas como pequeñas y medianas según los criterios indicados en el decreto del Ministro de Actividades Productivas, – no presentar las características de una empresa en crisis, – estar en pleno y libre ejercicio de sus derechos y no encontrarse en estado de disolución o liquidación, - no estar en mora en la posición global de riesgo establecida por el Registro Central de Crédito del Banco de Italia. Los profesionales deberán estar inscritos en colegios profesionales, o formar parte de colegios profesionales inscritos en el listado que gestiona el Ministerio.
¿Qué predice?
El beneficio para los beneficiarios está representado por la diferencia entre el precio de mercado de una garantía similar a la proporcionada por los consorcios y la prima de garantía realmente pagada a los consorcios por acceder a la garantía. Los beneficios en forma de garantía se conceden dentro de los límites de lo dispuesto en la normativa de minimis vigente. Para determinar la intensidad de las ayudas se aplica el "método nacional de cálculo del elemento de ayuda en garantías a favor de las pequeñas y medianas empresas".