Cosas
El incentivo prevé la concesión de contribuciones a las administraciones municipales, a los operadores económicos, a los propietarios de inmuebles destinados al ejercicio de la actividad hotelera generalizada y a las asociaciones locales para la ejecución de proyectos unitarios destinados a la creación de hoteles generalizados o al fortalecimiento de los existentes. los , de conformidad con el artículo 35, apartado 7 de la ley regional de 22 de febrero de 2021, n. 3.
¿A quién esta dirigido?
Administraciones municipales, operadores económicos, propietarios de inmuebles y asociaciones locales.
¿Qué predice?
El incentivo prevé la concesión de contribuciones: - en el contexto de proyectos unitarios para la creación de hoteles generalizados o para el refuerzo de los existentes, incluso en contextos urbanos caracterizados por la presencia de edificios a remodelar: - en el contexto de pueblos que pueden constituir elementos de atractivo para el desarrollo turístico. En concreto, se prevé la financiación de las siguientes intervenciones: a) modernización con fines de recuperación y valorización de inmuebles públicos y privados existentes para la construcción o adecuación de viviendas para su uso como hotel general; b) modernización de la oficina de; la oficina de recepción y la sala de uso común del hotel generalizado existente o la construcción de la oficina de recepción y la sala de uso común del nuevo hotel generalizado mediante modernización con fines de recuperación y valorización de la propiedad pública y privada existente; c) construcción, por; las administraciones municipales, de obras de infraestructuras de mobiliario urbano funcional y muy vinculadas a la generalizada iniciativa hotelera.