Formación 12. Aportaciones a empresas de transporte por carretera para la formación profesional de los empleados

28 de noviembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Servicios de transporte

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

ACTIVO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

19 de marzo de 2022
31 de diciembre de 2024

NOTAS

La fecha de cierre indica el plazo máximo en el que se identificarán a los beneficiarios
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Cosas

Contribución para soportar los gastos incurridos por la formación profesional de los empleados.

¿A quién esta dirigido?

A empresas que transporten mercancías por cuenta de terceros.

¿Qué predice?

El reconocimiento de una contribución dineraria proporcional a los gastos incurridos para la formación de los empleados.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la liquidez

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Capacitación profesional, Servicios, patentes y licencias, Gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Servicios de transporte

ATECO

49.41;

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Entidad gestora

Ministerio de Infraestructuras Sostenibles y Movilidad - Dirección General de Seguridad Vial y Transporte por Carretera

Base regulatoria primaria

Reglamento que establece las modalidades de distribución y desembolso de los recursos destinados a los incentivos a la formación profesional a que se refiere el art. 83 bis, apartado 28 del Decreto legislativo de 25 de junio de 2008 n122.

Medida de implementación

DECRETO de 4 de febrero de 2022. Modalidad de asignación de recursos a destinar a la facilitación de nuevas acciones de formación profesional en el sector del transporte de mercancías por carretera por cuenta de terceros - Año 2021.

Referencias Diario Oficial

66 del 19/03/2023

Asignación de incentivos

5000000 €

Sitio de referencia

https://www.mit.gov.it/documentazione/autotrasporto-merci-contributi-ed-incentivi-per-lanno-2021-formazione-12

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