Cosas
El Decreto del Presidente del Consejo de Ministros por el que se distribuye el 'Fondo de Apoyo a los Municipios Marginales' para los años 2021-2023 fue publicado en el Diario Oficial el 14 de diciembre de 2021. El fondo tiene un total de 180 millones de euros asignados a 1.187 municipios, seleccionados por sus condiciones especialmente desfavorecidas, con una tasa de crecimiento poblacional negativa tanto a largo como a corto plazo, un índice de vulnerabilidad social y material (IVSM) superior a la media y con un índice de vulnerabilidad social y material (IVSM) superior a la media. Nivel medio de ingresos de la población residente.
¿A quién esta dirigido?
¿Quién puede acceder a la aportación prevista por el art. 2, co. 2, carta. c) del Decreto del Primer Ministro de 30.09.2021 quienes pretendan trasladar su residencia y residencia habitual al municipio de Roccadaspide, como concurso para los gastos de compra y/o renovación de inmuebles destinados a residencia principal. El traslado de residencia y residencia habitual deberá realizarse, bajo pena de pérdida de la aportación, dentro del plazo de declaración de los gastos de adquisición o renovación del inmueble, fijado en el cuadragésimo quinto día siguiente a la notificación del derecho a la aportación;
¿Qué predice?
Se decidió finalizar la cuota de € para el año 2022. 20.000,00 sobre un total de 63.961,31 €, a favor de quienes trasladan su residencia y residencia habitual al territorio del Municipio de Roccadaspide, en concepto de concurso para los gastos de compra y/o renovación de inmuebles destinados a viviendas principales del municipio. beneficiario. El aporte se paga una sola vez por cada unidad familiar y por cada inmueble individual. Son subvencionables los gastos de compra y/o renovación de inmuebles destinados a residencia principal, en los que el solicitante reside y vive habitualmente. Las intervenciones para las que se solicita la aportación deberán ajustarse a la normativa de edificación y urbanismo vigente en cada momento. Los inmuebles para los que se solicita la aportación deberán tenerse en propiedad o con contrato de alquiler o préstamo de uso registrado periódicamente con una duración igual o superior a 4 años, posiblemente renovable.