Fondo de áreas internas: contribuciones no reembolsables para actividades económicas, artesanales y comerciales - año 2021 - Municipio de Montefiorino -

4 de abril de 2024

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Emilia Romaña

SECTOR

Artesanía, Comercio

GASTO PERMITIDO

0 €

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

4 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024

NOTAS

Fecha límite: 29/03/2024 a las 12:00 horas

Cosas

El aviso público prevé la provisión de contribuciones no reembolsables para apoyar el comercio y la artesanía proporcionadas por el fondo nacional para apoyar las actividades económicas, artesanales y comerciales en el municipio de Montefiorino. El importe total de los fondos puestos a disposición mediante este aviso asciende a €. 25.904 equivalente a la cuota del segundo año - Año 2021.

¿A quién esta dirigido?

Pueden beneficiarse de la contribución las microempresas realizadas en los sectores comercial y artesanal a que se refiere el Decreto del Ministerio de Desarrollo Económico de 18.05.2005, identificadas a continuación en el art. 7 y con la concurrencia de los siguientes requisitos: a) realizar, en la fecha de presentación de la solicitud, actividades económicas en el sector artesanal y comercial previstas por la normativa sectorial correspondiente, con domicilio social y unidad operativa sita en el territorio del Municipio de Montefiorino b) estén debidamente constituidas e inscritas en el registro mercantil o, en el caso de empresas artesanales, en el registro mercantil artesanal, y estén activas en el momento de la presentación de la solicitud, así como en el momento; de otorgamiento definitivo del aporte c) no se encuentren en estado de liquidación o quiebra y no estén sujetos a procedimientos de quiebra o concurso de acreedores d) no se encuentren, a la fecha de presentación de la solicitud, en situación deudora frente al Municipio; de Montefiorino en relación con la actividad económica objeto de la solicitud de contribución, o que hayan acordado con el Municipio la regularización de su situación e) estén al corriente del cumplimiento de sus contribuciones, seguridad y seguros sociales; obligaciones (DURC); la falta de presentación de la solicitud por parte del DURC dará lugar a que la solicitud no sea admitida; 2. tener representantes legales, administradores (con o sin poderes de representación) y socios para los cuales no existen causas de prohibición, caducidad o suspensión previstas en el art.67 del Decreto Legislativo de 6 de septiembre de 2011 n.159 (Código de leyes antimafia) ; 3. Además, son elegibles: - microempresas que se hagan cargo de una actividad anterior, siempre que cumplan los requisitos enumerados anteriormente - microempresas que hayan iniciado una nueva actividad durante el ejercicio 2021 - empresas que ya hayan sido beneficiarias de la contribución; para la primera anualidad (2020). Por tanto, los justificantes ya considerados en la solicitud relativa al año 2020 no son válidos a efectos de esta contribución. Los empresarios agrícolas, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto del Primer Ministro, pueden ser beneficiarios de contribuciones exclusivamente para la realización de actividades comerciales relacionadas con la actividad agrícola. 

¿Qué predice?

La acción de apoyo económico consiste en la aportación de aportaciones a fondo perdido para cubrir los gastos de gestión soportados por la empresa solicitante que superen los euros. 2.000,00, con referencia exclusiva a los gastos de: - gastos de electricidad y gas/pellets/leña u otro combustible para sistemas de calefacción/producción, así como de servicios de agua; - gastos relacionados con TARI; - gastos relacionados con IMU; el pago de los alquileres del local donde se realiza la actividad para la que se solicita la contribución - gastos administrativos relacionados con la teneduría de libros. Para obtener más información, el anuncio está disponible en el siguiente enlace: https://www.comune.montefiorino.mo.it/novita/avvisi/copy_of_contributi-a-fondo-perduto-a-sostegno-del-commercio-e-dellartigianato -anualita-2021/documenti-attachi/bando.pdf/@@download/file

Objetivo – Propósito

Apoyo a la liquidez

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Gasto mínimo permitido

0 €

Gasto máximo permitido

30000 €

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos

Concesión mínima que se puede otorgar

0 €

Beneficio máximo otorgable

2000 €
tipo de tema
Negocio

Dimensión

microempresa

Sector de actividad

Artesanía, Comercio

ATECO

Todos los sectores económicos elegibles para recibir ayuda;

Regiones

Emilia Romaña

Municipios

montefiorino

Ámbito territorial especial

--

Otras características

Áreas internas

Entidad gestora

MUNICIPIO DE MONTEFIORINO

Base regulatoria primaria

Distribución, plazos, modalidades de acceso y presentación de informes de los aportes a los municipios de las zonas internas, bajo el Fondo de apoyo a actividades económicas, artesanales y comerciales para cada uno de los años 2020 a 2022.
Base regulatoria secundaria
--

Medida de implementación

Convocatoria para la provisión de contribuciones no reembolsables para apoyar el comercio y la artesanía proporcionadas por el fondo nacional de apoyo a las actividades económicas, artesanales y comerciales - año 2021

Referencias Diario Oficial

--

Asignación de incentivos

25904 €

Sitio de referencia

https://www.comune.montefiorino.mo.it/novita/avvisi/copy_of_contributi-a-fondo-perduto-a-sostegno-del-commercio-e-dellartigianato-annualita-2021

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